La Justicia Reconoce Fraude en la Pejotización: La Empresa que Contrata Trabajador Como PJ Puede Ser Condenada a Pagar FGTS, Vacaciones y 13º Salario Retroactivos.
En los últimos años, ha crecido en Brasil la práctica de contratar trabajadores como persona jurídica (PJ) en lugar de firmar la tarjeta de trabajo. Esta modalidad, conocida como pejotización, promete reducir costos para las empresas y, en algunos casos, aumentar el ingreso neto del profesional. Pero cuando la relación oculta un vínculo típico de empleo, la Justicia Laboral ha sido firme: reconoce el contrato como fraude y condena a la empresa a pagar todos los derechos previstos en la CLT.
El artículo 9º de la Consolidación de las Leyes del Trabajo (CLT) declara nulos los actos practicados con el objetivo de fraudar derechos laborales. Así, si el trabajador contratado como PJ desempeña funciones con subordinación, personalismo, habitualidad y onerosidad, la Justicia puede convertir la relación en vínculo de empleo, garantizando derechos como FGTS, vacaciones, 13º salario, aviso previo y horas extras.
Qué Caracteriza la Fraude en la Pejotización
La Justicia considera la pejotización ilícita cuando el modelo de contratación disimula una relación que, en la práctica, es de empleo formal. Algunas señales claras de fraude son:
-
Fim de la 1 hora de almuerzo en la CLT? La ley laboral actual mantiene el intervalo, permite la reducción negociada y define reglas para la jornada y el teletrabajo en Brasil.
-
Una empleada es despedida tras acumular 114 días de baja médica en un año y la Justicia laboral confirma la decisión de la empresa.
-
Empleado despedido mientras trataba una depresión gana en la justicia y Vale está obligada a recontratarlo tras una decisión basada en la CLT y en un beneficio del INSS.
-
¡Los Trabajadores Deben Estar Atentos! El 6 de Marzo Será el Quinto Día Hábil de Marzo y la Fecha Límite para que las Empresas Paguen los Salarios Según la CLT
- Subordinación: el trabajador sigue órdenes directas, cumple horarios y responde a superiores jerárquicos;
- Personalismo: la función solo puede ser desempeñada por él, sin posibilidad de sustitución por otro profesional;
- Habitualidad: el trabajo es continuo, no eventual;
- Onerosidad: hay remuneración fija y predecible, similar a un salario.
Cuando estos elementos están presentes, no importa si hay un contrato de prestación de servicios mediante persona jurídica: el vínculo es reconocido como laboral.
Jurisprudencia Reciente de la Justicia Laboral
El Tribunal Superior del Trabajo (TST) ya ha consolidado en diversas decisiones que la pejotización irregular genera nulidad del contrato civil y obliga a la empresa a pagar todos los derechos laborales.
En 2023, la 2ª Sala del TST analizó el caso de un ingeniero contratado como PJ, pero que cumplía jornada regular y recibía remuneración mensual. La corte reconoció la fraude y determinó el pago de FGTS, vacaciones proporcionales, 13º salario y multa rescisoria.
Otro juicio, en el TRT de la 2ª Región (SP), involucró a una empresa de tecnología que contrataba programadores a través de persona jurídica.
La Justicia reconoció que la rutina de los profesionales era idéntica a la de empleados formales y condenó a la empresa a pagar todos los cargos laborales retroactivos.
Impacto Financiero de las Condenações para las Empresas
El reconocimiento del vínculo laboral puede generar condenas millonarias, especialmente cuando la pejotización dura años. La empresa pasa a estar obligada a:
- Depositar el FGTS de todo el período trabajado;
- Pagar vacaciones vencidas y proporcionales, aumentadas en 1/3;
- Quitar 13º salarios retroactivos;
- Cubrir las verbas rescisórias, como aviso previo y multa del 40% sobre el FGTS;
- Cobrar contribuciones previdenciarias atrasadas.
Además, hay riesgo de fiscalizaciones fiscales por parte de la Receita Federal y de la Previdencia, que pueden cobrar los cargos sociales debidos sobre los valores pagados como “honorarios”.
El Papel del STF en la Discusión Sobre Pejotización
En 2020, el Supremo Tribunal Federal (STF) analizó la llamada “pejotización lícita” en actividades intelectuales y especializadas, como médicos y abogados.
El STF entendió que la contratación como persona jurídica es válida cuando no hay relación de empleo típica, es decir, cuando el profesional mantiene autonomía, asume riesgos y puede ser sustituido por otro.
Pero el mismo juicio dejó claro que la fraude no es permitida: cuando están presentes los elementos de la CLT, el vínculo debe ser reconocido. La decisión reforzó la seguridad jurídica, diferenciando la tercerización legítima de la pejotización irregular.
Los Especialistas Advierte sobre los Riesgos de la Práctica
Para el juez laboral Marcos Scalercio, “la pejotización es un intento de reducción de costos que a menudo oculta una relación laboral. Cuando esto ocurre, la Justicia es implacable y condena a la empresa a asumir todos los derechos”.
La abogada laboral Camila Aith añade: “las empresas que insisten en este modelo corren un alto riesgo. El pasivo laboral puede ser mucho mayor que el ahorro inmediato obtenido con la pejotización.”
El mensaje de la Justicia es claro: la contratación a través de PJ solo es válida cuando hay real autonomía y ausencia de los elementos típicos de la relación laboral. De lo contrario, se trata de fraude laboral, con condena inevitable para la empresa.
El fenómeno de la pejotización, común en sectores como tecnología, salud y comunicación, debe ser tratado con cautela. El intento de reducir las cargas laborales puede convertirse en un pasivo gigantesco, capaz de comprometer la salud financiera de la organización.


Eu trabalhei 12 anos em uma empresa que faz a mesma coisa! Sempre dando desculpa para não assinar a carteira e eu precisando trabalhar pelo dinheiro para sustentar a família!!! Sai sem nada!!! Sempre trabalhei todo certinho! E no final o chefe falou que não me devia nada!!!! Que injustica!!! Ele te ameaçao!!! Te obrigam a trabalhar pelo salário e vc sem saída faz!!!!
44988116599 chama meu marido
12 anos e não conseguiu arrumar outro??? Hoje em dia quando vc abre vaga as pessoas já vem falando que querem ser PJ, aí quem fica na mão de quem?? Isso pelo menos na área da saúde.
Matéria tosca sem amparo e tendenciosa. Veja às últimas 50 decisões do STF sobre o tema.
O stf não presta para nada!!!!! Os caras não são juízes concursados!!! Não entendem nada de justiça de trabalho