El Tribunal de Justicia del Estado de Río de Janeiro (TJRJ) analizará una acción que involucra un posible retorno de R$ 10 mil millones en ICMS para el sector petrolero, una disputa entre Subsea7 y el estado. Expertos discuten la legalidad y los impactos económicos de esta decisión.
Entienda la Disputa Judicial – El Tribunal de Justicia del Estado de Río de Janeiro (TJRJ) debe juzgar una acción que puede generar R$ 10 mil millones para el sector petrolero. La disputa judicial es entre la compañía de petróleo Subsea7 y el estado de Río de Janeiro.
La empresa pretende revisar el artículo 8º de la Ley Estatal 8.890/2020, que establece la condición de renuncia a recursos y defensas administrativas y judiciales, así como la renuncia de derechos que cuestionen la incidencia del ICMS sobre la importación de bienes o mercancías en el ámbito del Repetro Estatal.
Visión jurídica de Mariana Valença: La renuncia de derechos como restricción desproporcionada e incompatible con preceptos constitucionales.
Mariana Valença, abogada tributarista de Murayama, Affonso Ferreira y Mota Abogados, explica que el Repetro Estatal desempeña un papel crucial para el funcionamiento eficaz de la industria, siendo esencial para el mantenimiento de la competitividad y la atracción de inversiones en el sector. “Sin embargo, al imponer la exigencia de renuncia a derechos legítimos de cuestionamiento de la incidencia del ICMS, la norma establece una restricción desproporcionada e incompatible con los preceptos constitucionales de amplia defensa y contradicción”.
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“La inconstitucionalidad de esta condición se fundamenta en la preservación del derecho de los contribuyentes a buscar, dentro del debido proceso legal, la revisión de cuestiones tributarias, garantizando la protección y defensa de sus intereses legítimos. En ese sentido, la imposición de renuncia a derechos procesales confronta principios constitucionales básicos, demandando una revisión criteriosa de la normativa en cuestión”, resalta la especialista.
Repetro y desarrollo económico: Los riesgos de desestimular la inversión y perjudicar el crecimiento.
La abogada apunta aún que la imposición de esta condición contraría el principio de igualdad tributaria, al crear una discriminación injustificada entre los contribuyentes que desean adherirse al régimen del Repetro Estatal. “Tal discriminación no encuentra respaldo en el ordenamiento jurídico y puede resultar en un tratamiento diferenciado y desventajoso para determinados contribuyentes, comprometiendo la equidad en el sistema tributario”, afirma.
“La implementación del Repetro busca fomentar el desarrollo económico y la generación de empleos, promoviendo la competitividad del sector. Sin embargo, al imponer la exigencia de renuncia a derechos legales de cuestionamiento, la norma crea un ambiente desfavorable para los contribuyentes, desestimula la inversión y perjudica el crecimiento económico del estado”, completa Mariana Valença.
Impacto en la competitividad del sector petrolero: Leonardo Roesler discute la potencial reducción de la presión tributaria y las implicaciones para las empresas.
Para Leonardo Roesler, abogado tributarista y socio de RMS Abogados, el fallo del TJRJ puede dar lugar a una atenuación de la presión tributaria sobre el segmento petrolero, considerando la desnecessidad de recaudación de la mencionada parcela al Fondo Presupuestario Temporal (FOT).
“Esto, a su vez, puede impulsar la competitividad del sector petrolero, ya que, con la mitigación de cargos, las empresas podrán operar con una estructura de costos optimizada. Además, la decisión establece un paradigma jurisprudencial que podrá ser invocado en demandas similares que cuestionen la constitucionalidad del depósito en el FOT”, declaró el abogado.
Fuente: Larissa Passos, Q Comunicación

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