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La Receita Federal Crea Sistema De Caza A Alquileres No Declarados Basado En El CPF De Los Inmuebles Y El Cruce Retroactivo Tiene Fecha Para Comenzar

Escrito por Alisson Ficher
Publicado el 27/09/2025 a las 21:08
Actualizado el 27/09/2025 a las 21:09
Receita Federal cria CPF dos imóveis e amplia cruzamento de dados para identificar aluguéis não declarados com multas retroativas.
Receita Federal cria CPF dos imóveis e amplia cruzamento de dados para identificar aluguéis não declarados com multas retroativas.
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La Receita Federal lanza un sistema que estandariza los registros inmobiliarios con código único y amplía los cruces de datos sobre alquileres, permitiendo retroactividad de cinco años y aplicando multas que pueden llegar al 150%.

La Receita Federal reguló el Catastro Inmobiliario Brasileño (CIB) e impuso a los registros y municipios la integración casi en tiempo real al Sinter, plataforma nacional que centraliza datos sobre inmuebles.

La medida, publicada en el Diario Oficial el 18 de agosto de 2025 (IN RFB nº 2.275/2025), entra en producción hasta 25 de noviembre de 2025 e inaugura un ciclo de cruces más amplio entre registros inmobiliarios y declaraciones de IRPF e IRPJ, con potencial de autuaciones por rentas de alquiler no declaradas.

Qué cambia con la IN 2.275/2025 y el CPF del inmueble

La instrucción normativa convierte el CIB en el identificador único a ser adoptado por los servicios notariales y de registro en actos y sistemas.

Cabe a los registros integrarse al Sinter para enviar, de forma estandarizada, información y documentos relativos a operaciones con inmuebles.

El anexo del acto establece las etapas técnicas — diagnóstico, prototipo, pruebas, homologación y go-live — que deben concluirse hasta el 25 de noviembre.

En la práctica, el CIB funciona como un “CPF del inmueble”, un código que estandariza registros en todo el país y facilita el intercambio electrónico de escrituras, registros y otros actos.

Según la Receita, la finalidad es reforzar la seguridad jurídica y la integración de datos, en línea con la regulación de la reforma tributaria.

El Sinter y el CIB están regulados por el Decreto nº 11.208/2022, que trata del intercambio de datos relativos a bienes inmuebles.

Por su parte, la Ley Complementaria nº 214/2025, que regula el IBS y la CBS, introdujo el régimen de “bienes inmuebles” en el nuevo sistema, previniendo la integración de bases y el uso de registros únicos para autorizar la interoperabilidad entre administraciones tributarias.

La IN 2.275/2025 amarra este diseño: transforma directrices legales en obligaciones operacionales para registros y demás operadores de registros públicos.

Retroactividad: hasta dónde puede mirar la administración tributaria

El plazo para que la administración constituya crédito por lanzamiento de oficio es, como regla, de cinco años, contados desde el primer día del ejercicio siguiente al hecho generador, conforme el artículo 173, I, del CTN.

Con las bases alimentadas a partir de finales de 2025, la Receita podrá alcanzar hechos desde 2021 dentro del período decadencial.

El STJ consolidó la lógica de conteo a partir del ejercicio siguiente, independientemente de la fecha de conocimiento administrativo, lo que refuerza la posibilidad de cobro retroactivo cuando hay omisión de rentas.

Cómo ocurrirá el cruce de datos

Una vez presente en los documentos registrales, el CIB permitirá que contratos, modificaciones y rescisiones registrados alimenten el Sinter de forma continua.

Los municipios contribuirán con registros como IPTU y direcciones oficiales, lo que facilita el vínculo entre inmueble, titularidad y CIB.

La Receita correlacionará esta información con las declaraciones presentadas por personas físicas y jurídicas, señalando inconsistencias u omisiones de rentas de alquiler.

Aún queda la capa financiera.

A partir de 2025, la Receita amplió la obligación de envío de datos de la e-Financeira, incluyendo instituciones de pago.

Los reportes se realizan por cuenta, con créditos y débitos consolidados, sin identificación de la modalidad de la transferencia — PIX incluido — y alimentan la gestión de riesgos.

Esta expansión reduce el espacio para desembolsos “por fuera”, como alquileres depositados en cuentas de terceros, y refuerza el cruce con el CIB.

Multas y penalidades de 75% a 150%

Cuando se constata la omisión de rentas y el lanzamiento ocurre de oficio, se aplica la multa del 75% sobre el impuesto debido, además de intereses por la Selic.

Si hay comprobación de dolo — fraude, evasión o colusión tipificadas en la legislación —, la multa puede ser calificada para 150%.

La jurisprudencia administrativa suele exigir demostración de la intención para mantener la calificación.

Quien se anticipa encuentra un tratamiento distinto.

En el pago espontáneo antes de cualquier procedimiento de oficio, no incide multa de oficio; inciden intereses y, según el caso, multa de mora.

Después de la autuación o notificación, la legislación permite reducción del 50% de la multa de oficio si el contribuyente paga la deuda dentro del plazo legal (o la parcelan según lo previsto).

En síntesis: antes de la acción fiscal, el contribuyente evita la multa de oficio; después de ella, puede reducirla a la mitad.

Se destaca que, para tributos sujetos a lanzamiento por homologación ya declarados y pagados en atraso, la aplicación del beneficio de la denuncia espontánea tiene limitaciones conocidas en la jurisprudencia.

Quién queda más expuesto con el CPF del inmueble

Las personas físicas que alquilan y no formalizan contratos tienden a ser alcanzadas a medida que actos posteriores — como aditivos, rescisiones o reconocimientos — sean llevados a registro y vinculados a un CIB.

Las personas jurídicas inversionistas con clasificación inadecuada de ingresos de alquiler también entran en el radar: el vínculo CIB-escrituras-libros contables permitirá confrontaciones que pueden repercutir en IRPJ y CSLL.

Situaciones en las que el beneficiario efectivo del alquiler no coincide con el declarante tienden a activar alertas, especialmente cuando los depósitos ocurren en cuentas de terceros y aparecen en la e-Financeira como movimiento consolidado.

Cómo regularizar sin ampliar el pasivo

El camino más seguro es rectificar las declaraciones (IRPF o IRPJ) de los últimos cinco años siempre que haya divergencia, incluyendo los valores correctos y las deducciones permitidas.

A continuación, pagar el impuesto debido con los aumentos legales.

Mientras no haya inicio de procedimiento de oficio, esta postura es considerada denuncia espontánea, caso en el cual no se aplica la multa de oficio.

Si ya existe un auto de infracción o intimação, el pago dentro del plazo legal puede reducir en un 50% la multa aplicada.

Se recomienda formalizar el contrato en el registro, garantizando la emisión correcta del CIB, y organizar la documentación de soporte: recibos, comprobantes de transferencia, pagos (DARFs) y demás registros exigidos.

Anotaciones informales no son suficientes en caso de cuestionamiento.

Fechas que requieren atención

El cronograma regulatorio indica entrada en producción del CIB hasta el 25/11/2025, seguida de validación y consolidación hasta diciembre.

El 31/12/2025 cierra el año calendario; la entrega del IRPF 2026 exigirá que los ingresos por alquiler de 2025 estén correctamente informados.

A lo largo de 2026, la tendencia es la intensificación del uso del CIB/Sinter en cruces fiscales, conforme al cronograma pactado entre Receita, CNJ y registradores.

Qué dicen órganos y especialistas

Entidades del registro inmobiliario afirman que la integración eleva la seguridad jurídica y reduce fraudes en transacciones.

La Receita resalta la estandarización de registros y la integración de datos como objetivos centrales, articulados a la reforma tributaria y al identificador único.

Los tributaristas recuerdan que el plazo decadencial de cinco años limita el alcance temporal de las cobranzas, pero advierten que la combinación de multa y intereses puede aumentar el monto adeudado cuando hay omisiones reiteradas en varios ejercicios.

Quien recibió alquileres entre 2021 y 2025 y no regularizó tiene una ventana corta para corregir el pasado antes de que la nueva infraestructura haga la omisión fácilmente detectable.

¿Ya ha verificado si todos los alquileres recibidos desde 2021 constan correctamente en sus declaraciones o si algún contrato necesita ser formalizado para generar el CIB?

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Alisson Ficher

Jornalista formado desde 2017 e atuante na área desde 2015, com seis anos de experiência em revista impressa, passagens por canais de TV aberta e mais de 12 mil publicações online. Especialista em política, empregos, economia, cursos, entre outros temas e também editor do portal CPG. Registro profissional: 0087134/SP. Se você tiver alguma dúvida, quiser reportar um erro ou sugerir uma pauta sobre os temas tratados no site, entre em contato pelo e-mail: alisson.hficher@outlook.com. Não aceitamos currículos!

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