Las deudas de quien fallece no desaparecen automáticamente. El espólio debe saldarlas antes de la partición, y los herederos solo responden dentro del límite heredado
Cuando alguien fallece, una duda común surge entre familiares: ¿quién paga las deudas dejadas? De acuerdo con información del gov.br, del Senado Federal y de órganos públicos, la respuesta involucra al espólio y a los herederos. No existe transmisión automática de deudas, sino un proceso regulado por la ley.
El papel del espólio
El espólio, que reúne todos los bienes del fallecido, es el responsable directo del pago de las deudas. Antes de cualquier partición, este conjunto de bienes debe saldar los débitos existentes.
El Código Civil, art. 1.997 (Ley 10.406/2002), es claro al afirmar que la herencia responde por el pago de las deudas del fallecido.
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Por lo tanto, los herederos solo asumen responsabilidades después de la partición y únicamente de manera proporcional a lo que recibieron.
Préstamos consignados
Otro punto que genera muchas dudas es el préstamo consignado. Antiguamente, la legislación preveía la cancelación automática con la muerte del deudor.
Esta regla fue derogada. Hoy, la deuda sigue existiendo y debe ser pagada por el espólio. Además, una decisión del TRF-1 refuerza que el espólio —y, en consecuencia, los herederos— debe responder por el débito, pero siempre limitado al patrimonio heredado.
Deudas fiscales y fraccionamientos
En relación con los tributos, existe la posibilidad de fraccionamiento incluso después del fallecimiento.
Los débitos del Impuesto de Transmisión Causa Mortis y Donación (ITCMD) pueden ser negociados por inventariantes o herederos, siempre que presenten la documentación exigida.
Esto garantiza la regularización de la situación fiscal y la continuidad del proceso de inventario.
Valores indebidos y servidores fallecidos
Cuando hay pago indebido tras la muerte de un servidor, la devolución también debe ser realizada. La responsabilidad recae sobre el espólio. O, si el inventario ya ha sido concluido, sobre los herederos necesarios, siempre dentro del límite de la herencia.
Sin embargo, si terceros o herederos han retirado directamente los valores tras el óbito, la cobranza debe dirigirse a quien recibió indebidamente.
Beneficios previsionales residuales
Además de las deudas, existe la cuestión de los beneficios previsionales. Dependientes o herederos pueden solicitar valores residuales, como fracciones de salario hasta la fecha del óbito o décimo tercer proporcional.
La solicitud puede realizarse a través de Meu INSS o por la Central 135. En caso de no haber dependientes con derecho a pensión, será necesario presentar un oficio judicial o escritura pública de partición.
Deudas tras la muerte del deudor: resumen final
En síntesis, las deudas tras la muerte no desaparecen. Deben ser pagadas con los bienes dejados, respetando los límites del patrimonio.
Los herederos solo asumen responsabilidades si heredan parte de la herencia. Los préstamos consignados continúan siendo válidos. Las deudas fiscales pueden ser fraccionadas.
Los valores pagados indebidamente deben ser devueltos. Y los beneficios previsionales residuales pueden ser solicitados por quienes tienen derecho, siempre mediante comprobación.

Parece que faltou falar claramente que se o devedor não deixar bens, o credor perdeu. Se os transferiu todos antes da morte, restará ao credor o caminho judicial e provavelmente este morrerá antes do desfecho.