La 4ª Cámara del TJCE decidió, el 5 de febrero, mantener la condena a Enel a pagar R$ 10 mil por daños morales tras un corte ilegal de energía y una inscripción indebida, con fallas en el servicio entre noviembre y diciembre de 2021
La 4ª Cámara de Derecho Privado del TJCE condenó a Enel a pagar R$ 10 mil por daños morales a una consumidora, tras un corte ilegal de energía y una inscripción indebida, en un caso ocurrido entre noviembre y diciembre de 2021, por fallas en la prestación del servicio.
La decisión fue proferida por la 4ª Cámara de Derecho Privado del Tribunal de Justicia del Ceará, con ponencia del desembargador Djalma Teixeira Benevides, al juzgar el recurso interpuesto por la concesionaria contra la sentencia de primer grado.
Según los autos, la consumidora tuvo el suministro de energía suspendido el día 11 de noviembre de 2021, a pesar de haber pagado la factura dentro del plazo, sin ningún aviso previo por parte de la compañía.
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Además del corte, el nombre de la cliente fue inscrito en los órganos de protección al crédito, a pesar de la comprobación del pago regular, situación que agravó los inconvenientes enfrentados durante el período analizado por el Poder Judicial.
Después de intentar resolver el problema por vías administrativas, la consumidora logró el restablecimiento del servicio solo el 24 de noviembre, permaneciendo 13 días sin energía eléctrica en su residencia.
A pesar de que la deuda ya había sido saldada, la concesionaria realizó una nueva suspensión del suministro el día 12 de diciembre de 2021, manteniendo el cobro considerado indebido por los autos, lo que motivó la búsqueda de reparación judicial.
Ante los hechos, la mujer presentó una acción judicial solicitando indemnización por daños morales, solicitud contestada por Enel, que sostuvo la inexistencia de ilicitud o perjuicio indemnizable.
El Juzgado de la Vara Única de la Comarca de Cedro acogió el pedido, fijando una indemnización de R$ 10 mil y ordenando la retirada inmediata del nombre de la consumidora de los registros de restricción de crédito.
Recurso Rechazado por la 4ª Cámara del TJCE
Inconforme, la compañía interpuso apelación de nº 0200362-69.2023.8.060066, solicitando la reforma de la sentencia para apartar la condena por daños morales, argumento rechazado por el colegiado.
Al juzgar el recurso el 5 de febrero, la 4ª Cámara negó el recurso y mantuvo íntegramente la decisión de primer grado, reconociendo la falta en la prestación del servicio por parte de la concesionaria.
“A la vista del conjunto fáctico probatorio, considerando la ilegalidad del corte y la inscripción indebida del nombre de la autora en los órganos crediticios, se caracterizó la falta del servicio”, afirmó el relator Djalma Teixeira Benevides.
El desembargador destacó además que la comprobación del pago oportuno hizo evidente la ilegalidad de la conducta, justificando la compensación por los daños morales sufridos, según el entendimiento consolidado del colegiado.
El caso involucró dos cortes de energía en poco más de un mes y una inscripción indebida, factores considerados relevantes para el mantenimiento del valor indemnizatorio fijado en la sentencia original, según el fallo.

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