Apagón en SP mantuvo tienda cerrada por días, interrumpió facturación, generó perjuicios comprobados y resultó en decisión judicial que fijó indemnización de R$ 40 mil al comerciante afectado
La 14ª Vara Cível de São Paulo condenó a Enel a pagar R$ 40 mil a una comerciante que mantuvo su tienda cerrada por cinco días tras un apagón en SP ocurrido el año pasado, al reconocer acto ilícito en la demora excesiva para restablecer energía eléctrica.
Responsabilidad de la concesionaria en el apagón en SP
La decisión fue proferida por la jueza Marina Balester Mello de Godoy, que entendió caracterizado el deber de indemnizar ante la interrupción prolongada del suministro, independientemente de las causas alegadas por la concesionaria responsable del servicio en la capital paulista.
La Enel sustentó que el apagón se debió a un evento climático de grandes proporciones e imprevisible, argumento rechazado por la magistrada al aplicar los artículos 14 y 22 del Código de Defensa del Consumidor, que imponen responsabilidad objetiva.
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Según la jueza, incluso en situaciones de eventos externos, la concesionaria no puede transferir integralmente la responsabilidad por los daños a los consumidores, especialmente cuando hay falla en la prestación del servicio esencial de energía eléctrica.
Incumplimiento de plazos regulatorios
La sentencia destacó que la Enel incumplió todos los plazos previstos en la Resolución Normativa 1.000/2021 de Aneel, que establece límites entre cuatro y 48 horas para la reanudación del suministro en casos de interrupción.
“Cada evento climático que ocurre en la ciudad, el escenario, casi siempre, es el mismo: diversos puntos de la ciudad sin energía eléctrica durante días”, escribió la magistrada, al mencionar la recurrencia de apagones en São Paulo.
El mes pasado, la Gran São Paulo volvió a registrar un nuevo episodio de interrupción de energía tras una fuerte lluvia, reforzando el histórico considerado en la fundamentación de la decisión judicial.
Cálculo de la indemnización fijada
La comerciante solicitó R$ 6 mil por cada día de tienda cerrada, totalizando R$ 30 mil en daños materiales, monto aceptado por la jueza ante la ausencia de contestación específica de la Enel sobre el cálculo presentado.
Además, la sentencia determinó el pago de R$ 10 mil por daños morales, componiendo la indemnización total de R$ 40 mil debida a la autora de la acción judicial.
Para la abogada Talita Veloso Dias, que coordinó la actuación del bufete Cerveira, Bloch, Goettems, Hansen y Longo Abogados Asociados, “la Enel debe responder por los daños derivados de la falla en el servicio”, ya que alegaciones de caso fortuito o fuerza mayor no excluyen la responsabilidad.
Haga clic aquí para leer la sentencia – Proceso 1107319-04.2023.8.26.0002

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