MME Propone Flexibilización de las Usinas Térmicas; Nueve de Ellas Cumplen con los Criterios Establecidos.
El Ministerio de Minas y Energía presentó una propuesta para disminuir la inflexibilidad de las usinas termoeléctricas contratadas en el ambiente regulado. El objetivo es reducir los costos y optimizar el uso de estas usinas en escenarios de excedentes en la oferta de energía en el Sistema Interconectado Nacional (SIN).
La inflexibilidad contractual en termoeléctricas es la cantidad mínima de generación de energía que debe ser producida conforme los Contratos de Comercialización de Energía Eléctrica en el Ambiente Regulado (CCEARs), sin depender de las decisiones del Operador Nacional del Sistema Eléctrico (ONS). Esto refleja las condiciones contractuales del combustible utilizado, que generalmente posee cláusulas de pago independiente del consumo, conocidas como take-or-pay.
Consulta Pública sobre Directrices de la Propuesta de Portaría
El Ministerio de Minas y Energía (MME) inició la apertura de una consulta pública el día 13/11, que tendrá una duración de 20 días, con el objetivo de recibir contribuciones relacionadas con las directrices de la propuesta de portaría. El foco de la consulta es facilitar la adopción de las nuevas reglas por nueve usinas que ya están en operación comercial y fueron contratadas en el ambiente regulado.
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El Ministerio de Minas y Energia enfatiza, en un comunicado técnico, la importancia de conciliar los intereses del sistema en su conjunto con los agentes sectoriales.
En situaciones en las que hay un exceso de oferta de fuentes renovables, los generadores contratados por disponibilidad tienen la opción de solicitar la reducción de la inflexibilidad del contrato por un periodo determinado. Esto puede resultar en la disminución de los ingresos del contrato en el ambiente regulado.
Por otro lado, el operador de la usina tendrá la libertad de negociar o encontrar otra forma de emplear el combustible que sería originalmente destinado para la operación de la usina, sin comprometer la disponibilidad del mismo en caso de necesidad del Sistema Interconectado Nacional (SIN) en situaciones de despacho por el Operador Nacional del Sistema Eléctrico (ONS).
El Ministerio de Minas y Energia (MME) resalta que esta flexibilización permitirá al operador generar ingresos a través de la comercialización del combustible, proporcionando mayor flexibilidad en la gestión de los activos, y, en el caso del gas natural, podría incluso contribuir al aumento de la liquidez del mercado y la eventual creación de un mercado secundario potencial en el futuro.
La reducción de la generación de energía por inflexibilidad será ventajosa para la distribuidora que contrató la usina, resultando en la adquisición de un menor monto de energía en el Mercado de Corto Plazo. Esto generará ahorros para la distribuidora.
Además, los consumidores de estas distribuidoras dejarán de pagar parte de los ingresos fijos de las termoeléctricas en el contrato regulado, proporcionando una protección contra aumentos del precio del mercado de corto plazo. De esta manera, los consumidores estarán salvaguardados contra sobrecargas en comparación con la situación contractual ordinaria.
Definición del Precio y Plazo para Exportación de energía
La determinación del valor se basará en la disminución del pago de la Receita Fija ligada a los contratos de energía (en R$/MWh). En cuanto al plazo, se establecerá un límite de hasta dos meses. Usinas que soliciten la exportación de energía a países vecinos simultáneamente no serán elegibles para participar de este proceso.
Esta operación sería conducida y gestionada por el ONS y la Cámara de Comercialización de energía Eléctrica (CCEE), con supervisión del Comité de Monitoreo del Sector Eléctrico (CMSE), de acuerdo con reglas específicas que se desarrollarán con base en las directrices de la portaría propuesta.
El Ministerio de Minas y Energia (MME) observó que el Sistema Interconectado Nacional (SIN) está pasando por excedentes energéticos debido a la situación favorable de los reservorios de las hidroeléctricas y al aumento de la generación de energías renovables, como eólica y solar. En este contexto, las usinas termoeléctricas pueden estar generando energía incluso sin demanda sistémica.
El MME señala que la existencia de excedentes energéticos puede intensificar la competencia entre las fuentes de generación de energía y dificultar la asignación total de las disponibilidades energéticas para atender a la demanda de energía.
De acuerdo con la cartera, la generación termoeléctrica inflexible puede ocasionar vertimientos turbinables en hidroeléctricas, resultando en el desperdicio de recursos naturales. Además, puede causar restricciones en el desagüe de energía de usinas eólicas o solares, llevando a una ineficiencia para el Sistema Interconectado Nacional (SIN). Esto se vuelve aún más problemático cuando consideramos que los costos de operación de las térmicas son más altos que los de las renovables.
El objetivo es evitar que las usinas generen energía de forma inflexible debido a razones contractuales, especialmente cuando el sistema eléctrico ya está siendo abastecido por fuentes más baratas. Esto evita que la generación de energía de las usinas termoeléctricas resulte en exceso de energía. Por lo tanto, es importante garantizar que la generación de energía sea ajustada de acuerdo con la demanda del sistema eléctrico.
Fuente: Agencia EPBR

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