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Novo acuerdo en Minas cambia el salario de entrada en supermercados e hipermercados, fija un piso de R$ 1.735,76 y crea una alerta para que los trabajadores verifiquen el reajuste, comisiones y derechos en el recibo de sueldo.

Escrito por Noel Budeguer
Publicado el 16/06/2026 a las 12:19
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Trabajadores de supermercados en Minas Gerais deben estar atentos a las nuevas reglas de la convención colectiva de 2026, que trae cambios en el salario mínimo, garantías para comisionistas, pago de diferencias, caja chica, horas extras y trabajo en feriados.

Un nuevo acuerdo colectivo en Minas Gerais impactó directamente en el bolsillo de miles de trabajadores del sector supermercadista. La Convención Colectiva de Trabajo 2026, firmada entre la Fecomerciários-MG y el Sindsuper-MG, definió un nuevo salario mínimo para empleados del comercio minorista de supermercados e hipermercados en municipios abarcados por el documento.

A partir del 1 de enero de 2026, el salario más bajo de la categoría será de R$ 1.735,76. El valor está por encima del salario mínimo nacional previsto para el año y coloca la convención en el centro de atención de trabajadores que siguen reajustes, derechos y garantías laborales.

Pero el acuerdo no se detiene en el salario mínimo. La CCT también trae cambios importantes para comisionistas, reglas sobre diferencias salariales, pago de caja chica, horas extras, feriados y otras condiciones que afectan directamente la rutina de quienes trabajan en el sector.

Salario mínimo por encima de R$ 1,7 mil llama la atención de trabajadores

El punto más llamativo del nuevo acuerdo es el salario de R$ 1.735,76, definido como el salario más bajo a ser pagado a la categoría profesional y de ingreso a partir de enero de 2026.

En la práctica, esto significa que los trabajadores de supermercados e hipermercados abarcados por la convención no pueden recibir por debajo de este valor como salario base de la categoría. Para quienes siguen las negociaciones colectivas, este tipo de reajuste es decisivo porque sirve como referencia directa para contrataciones, promociones y revisión del recibo de sueldo.

El acuerdo tiene vigencia del 1 de enero al 31 de diciembre de 2026, con fecha base el 1 de enero. Esto quiere decir que los efectos económicos retroceden al comienzo del año, incluso si eventuales pagos se ajustan posteriormente.

Los comisionistas también obtienen nuevas garantías mínimas

Otro punto importante involucra a los trabajadores que reciben por comisión. La convención separa los casos de comisionistas puros y comisionistas mixtos, creando garantías mínimas específicas para cada grupo.

Para el comisionista puro, aquel que recibe solo comisiones, la garantía mínima mensual fue fijada en R$ 1.791,26. Para el comisionista mixto, que recibe parte fija más comisiones, la garantía mínima mensual quedó en R$ 1.735,76.

La medida es relevante porque impide que el trabajador quede completamente vulnerable a oscilaciones de ventas, movimiento débil en el comercio o metas difíciles de alcanzar. Incluso en meses de menor desempeño, la convención establece una base mínima de remuneración.

Además, el texto prevé premios mensuales para comisionistas que superen la garantía mínima. Los comisionistas puros pueden recibir un premio de R$ 136,00, mientras que los comisionistas mixtos pueden tener un premio de R$ 68,00, según las condiciones previstas en el acuerdo.

Ajuste de 6,79% y diferencias salariales entran en el radar

El CCT también definió un ajuste salarial de hasta 6,79% para empleados admitidos hasta enero de 2025. Para trabajadores admitidos después de eso, el índice es proporcional al mes de admisión, siguiendo la tabla prevista en el documento.

Otro detalle que merece atención es el pago de las diferencias salariales. Como los pisos y ajustes retroceden a la fecha base del 1 de enero de 2026, eventuales diferencias referentes a los salarios de enero y febrero pueden ser pagadas junto con el salario de marzo.

Este punto es especialmente importante para que el trabajador verifique si recibió correctamente. En muchos casos, el ajuste no aparece inmediatamente en el primer recibo de sueldo del año, pero la diferencia necesita ser regularizada conforme a la regla colectiva.

Quebra-de-caixa, horas extras y derechos que pesan al fin de mes

El acuerdo también trata de valores adicionales que pueden hacer diferencia en el presupuesto del trabajador. Uno de ellos es el quebra-de-caixa, previsto para el empleado que ejerce exclusivamente la función de cajero, con anotación en la libreta de trabajo.

En este caso, el valor mensual establecido es de R$ 74,30. La regla, sin embargo, tiene una condición: si la empresa adopta una norma interna informando que no exigirá reposición de diferencias encontradas en la caja, puede quedar exenta del pago de esta cantidad.

Las horas extras también recibieron tratamiento directo en la convención. El texto prevé un adicional de 100% sobre el salario-hora normal. Es decir, la hora extra debe valer el doble de la hora común, conforme a las condiciones descritas en el CCT.

Trabajo en feriados tiene reglas, abono y descanso compensatorio

El trabajo en feriados es otro tema sensible para quienes trabajan en supermercados, sector que suele funcionar en fechas de gran movimiento. La convención permite el trabajo en determinados feriados, siempre que las empresas cumplan con las reglas de adhesión y comunicación previstas.

El acuerdo también prohíbe la programación en fechas específicas, como el 1 de enero, el 1 de mayo y el 25 de diciembre de 2026. Para los feriados autorizados, el trabajador programado tiene derecho a un abono de R$ 85,66 por feriado trabajado, además de un descanso compensatorio en hasta 60 días.

Si el descanso no se concede dentro del plazo, el acuerdo prevé el pago como hora extra, con un adicional del 100%. La regla pone presión sobre las empresas para organizar correctamente los turnos y evita que el trabajo en feriados quede sin compensación.

El acuerdo no vale automáticamente para todo el comercio de Minas Gerais

A pesar del impacto, es importante destacar un punto esencial: el acuerdo mencionado se refiere al comercio minorista de supermercados e hipermercados abarcado por la convención entre Fecomerciários-MG y Sindsuper-MG.

Esto significa que el salario base de R$ 1.735,76 no debe tratarse como una regla automática para todos los trabajadores del comercio de Minas Gerais. Existen otras convenciones colectivas en el estado, incluso para el comercio en general y diferentes bases territoriales.

Por eso, los trabajadores deben verificar qué sindicato representa su categoría, su ciudad y su segmento. La empresa también debe observar la convención correcta antes de aplicar salario base, reajustes, bonificaciones y demás reglas.

Nuevo salario base se convierte en alerta para quienes trabajan en el comercio

El nuevo acuerdo llega en un momento en que el salario, el costo de vida y los derechos laborales siguen en el centro de la preocupación de los brasileños. Para quienes trabajan en supermercados e hipermercados en Minas Gerais, la CCT de 2026 puede representar un aumento real en el recibo de sueldo, corrección de valores atrasados y más seguridad para comisionistas.

Lo más importante ahora es que cada trabajador revise su nómina, verifique el encuadramiento de la empresa y observe si el salario base, las diferencias salariales, el adicional de caja, las horas extras y las reglas de feriados están siendo cumplidos.

En un sector que emplea a miles de personas y funciona prácticamente todos los días, un acuerdo colectivo como este no solo afecta a los números. Afecta directamente al bolsillo, el turno, el ingreso variable y la rutina de quienes dependen del comercio para mantener a su familia.

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Noel Budeguer

Soy periodista argentino radicado en Río de Janeiro, con foco en energía y geopolítica, además de tecnología y asuntos militares. Produzco análisis y reportajes con lenguaje accesible, datos, contexto y visión estratégica sobre los movimientos que impactan a Brasil y al mundo. 📩 Contacto: noelbudeguer@gmail.com

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