Comisión de Agricultura aprueba Estatuto del Productor Rural en la Cámara y amplía apoyo a agricultores de pequeño porte.
Brasilia, 17 de septiembre de 2025 – La Comisión de Agricultura de la Cámara de Diputados aprobó este miércoles (17) el Estatuto del Productor Rural, previsto en el Proyecto de Ley 4.588/2021.
La propuesta busca ampliar garantías jurídicas, económicas y logísticas para agricultores, especialmente los de menor porte.
El texto sigue ahora para análisis en las comisiones de Finanzas y Tributación, además de Constitución y Justicia y de Ciudadanía, en carácter concluyente.
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Lo que prevé el Estatuto del Productor Rural
El Estatuto del Productor Rural trae una serie de medidas para fortalecer la agricultura nacional. Entre ellas están:
Asistencia técnica y jurídica gratuita a los productores;
Revisión de contratos para asegurar equilibrio económico-financiero;
Creación de un Fondo Garantizador de Riesgo de Crédito para micro y pequeños agricultores;
Implantación de defensorías y comisiones de defensa económica para evitar abusos de mercado;
Estímulo a medios alternativos de resolución de conflictos y mejoras logísticas para la comercialización de la producción.
Según la relatora de la propuesta, diputada Coronel Fernanda (PL-MT), el objetivo es proteger a quienes más sufren con las oscilaciones del sector:
“El texto asegura el derecho de revisión de cláusulas contractuales para reequilibrio económico-financiero y crea un Fondo Garantizador de Riesgo de Crédito destinado a micro y pequeños agricultores.”
Quién será considerado pequeño productor
El proyecto define como pequeño productor aquel con facturación anual bruta de hasta R$ 4,8 millones, el mismo límite aplicado al Simples Nacional.
Esta medida busca incluir agricultores familiares y emprendedores rurales que, a pesar del volumen reducido de producción, desempeñan un papel fundamental en la seguridad alimentaria del país.
Medidas de protección económica y contractual
Otro punto central del Estatuto es la posibilidad de denuncias ante el Consejo Administrativo de Defensa Económica (CADE) en casos de abuso contractual o concentración de mercado.
Además, el texto sustituye el indexador inflacionario utilizado en contratos por el IPCA (Índice Nacional de Precios al Consumidor Amplio), considerado más adecuado para corregir valores de forma justa.
Las cooperativas de producción también fueron contempladas, quedando exentas de la obligatoriedad de clasificación de productos agropecuarios, lo que debe reducir costos operativos.
Proyecto paralelo prohíbe “venta atada” en el crédito rural
En la misma sesión, la Comisión de Agricultura aprobó también el Proyecto de Ley 2.481/2025, que prohíbe a bancos e instituciones financieras condicionar la concesión del crédito rural a la compra de otros productos o servicios, práctica conocida como “venta atada”.
De acuerdo con el texto, queda prohibida la exigencia de contratación de títulos de capitalización, consorcios, aplicaciones financieras, planes de pensiones, depósitos en ahorro y seguros de vida o residenciales.
La única excepción será el seguro agrícola y el Proagro (Programa de Garantía de la Actividad Agropecuaria).
El relator, diputado Rodrigo da Zaeli (PL-MT), destacó que, a pesar de las legislaciones existentes, los agricultores siguen perjudicados:
“A pesar del Código de Defensa del Consumidor y resoluciones del Banco Central, la venta atada sigue imponiéndose en la práctica. Muchos agricultores informan que solo logran crédito si aceptan contratar seguros o aplicaciones financieras.”
Impactos esperados para la agricultura brasileña
La aprobación del Estatuto del Productor Rural es vista como un hito en la valorización del sector agrícola.
La medida debe traer mayor seguridad jurídica y financiera, además de reforzar la competitividad de los pequeños productores dentro de la economía nacional.
Con la tramitación ahora en las próximas comisiones, el sector espera la consolidación del texto para que los cambios puedan, de hecho, llegar al campo y generar los efectos esperados.

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