TJ de Santa Catarina Absolvió a Arquitecto de Joinville por Fallas en Obra Alterada Sin Su Autorización; Pericia Confirmó que Problemas Fueron Causados por Modificaciones Hechas por Terceros
La 5ª Cámara Civil del Tribunal de Justicia de Santa Catarina Decidió Eximir a un Arquitecto de Joinville de Responsabilidad por fallas en una obra reformada sin su autorización. El profesional había sido contratado solamente para elaborar el proyecto arquitectónico y no participó de la ejecución.
La obra fue concluida en 2017, pero sufrió alteraciones realizadas por la autora de la acción y por el ejecutor de la reforma. Estos cambios incluyeron el cambio del tipo de cobertura y modificaciones internas y estructurales.
La autora alegó que, tras las alteraciones, surgieron defectos como infiltraciones, filtraciones y daños en paredes y techos, volviendo el inmueble inhabitable.
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Una pericia técnica realizada en el proceso indicó que los problemas estructurales fueron consecuencia directa de las alteraciones realizadas sin el conocimiento del arquitecto.
Según el perito, el profesional no participó de la ejecución y solamente aclaró dudas puntuales, sin involucramiento técnico en los problemas relatados.
El relator del caso destacó el artículo 621 del Código Civil, que prohíbe al dueño de la obra modificar el proyecto original sin el consentimiento del autor.
También resaltó que el hecho de que el arquitecto sea el proyectista no es suficiente para atribuirle la responsabilidad por errores surgidos de alteraciones no autorizadas.
“Se muestra temeroso responsabilizarlo solidariamente cuando se ha comprobado fehacientemente en los autos que ha habido modificaciones sustanciales del proyecto original sin su completo conocimiento y aprobación”, afirmó el relator.
Durante el proceso, el arquitecto admitió haber dado sugerencias sobre acabados, pero el tribunal entendió que eso no lo convierte en responsable por las fallas estructurales. No hubo pruebas de que él haya aprobado o participado en los cambios realizados.
Con la nueva decisión, el TJ-SC reformó la sentencia anterior y apartó la condena del arquitecto. La responsabilidad por el pago de la indemnización de R$ 183,9 mil por daños materiales y R$ 5 mil por daños morales se mantuvo solamente para el ejecutor de la obra.
Con información de Conjur.

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