Muchas vacantes “solo para clientes” esconden un secreto que puede sorprenderte: ¡la mayoría son públicas! Entiende qué dice la ley, cómo actuar en conflictos con minoristas y cuáles son tus derechos como conductor. Prepárese para cambiar su perspectiva sobre estas prácticas. ¡La verdad es reveladora!
En épocas de mucho tránsito en las tiendas, especialmente durante las fiestas de fin de año, la escena se repite: los conductores circulan durante interminables minutos buscando un espacio, mientras los espacios supuestamente “reservados para los clientes” permanecen vacíos y rodeados de carteles que amenazan con multas o multas. incluso chillando.
Pero, al fin y al cabo, ¿pueden estas vacantes ser realmente exclusivas? La respuesta te sorprende y posiblemente cambie tu forma de ver esta situación.
Según el Consejo Nacional de Tránsito (encimera), la práctica de reservar plazas de aparcamiento en la vía pública para uso exclusivo de los clientes es ilegal.
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Así queda claro en el artículo 6 de la Resolución nº 302/2008, que establece: “Queda prohibido destinar parte de la vía al estacionamiento privado de cualquier vehículo en situaciones de uso no previstas en esta resolución”.
Pero ¿por qué todavía vemos tantos establecimientos adoptando esta práctica?
que dice la ley
La confusión comienza con la interpretación de las normas relativas a los retrocesos de las aceras.
Cuando un negocio baja la guía y crea espacios frente al establecimiento, estos espacios siguen siendo considerados públicos, aunque estén ubicados en la parte trasera.
Según Contran, el cambio de estructura no cambia el carácter público del espacio. Esto significa que cualquiera puede aparcar allí, no sólo los clientes comerciales.
Artículo 181, fracción IX del Código de tráfico brasileño (CTB), se ocupa de las infracciones relacionadas con las plazas de aparcamiento con bordillos rebajados. Sin embargo, no se aplica cuando las vacantes están en retirada, ya que siguen siendo públicas.
La exclusividad sólo se permite si el estacionamiento está dentro de locales comerciales, con entrada y salida debidamente reguladas por el Plan Maestro o la Ley de Uso y Ocupación del Suelo.
Demarcaciones irregulares
Es habitual ver a los comerciantes utilizar conos, cadenas o señales para bloquear el acceso a los espacios.
Según el artículo 26 del CTB, esta práctica constituye una demarcación irregular y viola la legislación de tránsito.
Sólo los organismos competentes pueden reservar plazas de aparcamiento, y esto debe hacerse para fines específicos, como plazas para personas mayores, personas con discapacidad, ambulancias o vehículos policiales.
El artículo 2 de la Contra Resolución 302 detalla las categorías de espacios que pueden reservarse en la vía pública. Entre ellos se encuentran:
- Vehículos de alquiler, como taxis y transporte escolar;
- Vehículos de emergencia, como ambulancias y vehículos policiales;
- Espacios de corta duración para carga y descarga;
- Estacionamiento rotativo o designado para personas mayores y personas con discapacidad.
Todos estos espacios deberán estar debidamente señalizados por las autoridades de tráfico. Cualquier otra demarcación fuera de estas normas se considera irregular.
¿Qué puede pasar si aparcas en estos espacios?
Si decides utilizar un espacio etiquetado como “exclusivo para clientes”, difícilmente serás penalizado, siempre y cuando el espacio sea verdaderamente público.
La ley está del lado del conductor en situaciones como esta., y los propietarios de tiendas no tienen autoridad para multar o activar grúas sin la participación de los organismos competentes.
Sin embargo, esto no significa que el escenario esté exento de problemas. Algunos comerciantes pueden intentar intimidar a los conductores o incluso crear conflictos verbales.
En casos extremos, el concesionario puede iniciar una inspección, pero esto generalmente no resulta en un castigo para el conductor, siempre que el estacionamiento esté dentro de los límites de la ley.
Qué hacer si te abordan
Si el dueño de una tienda te pregunta sobre el uso del espacio, mantén la calma y explícale que, según la legislación, el espacio es público. Si la situación empeora, comuníquese con las autoridades de tránsito para mediar en el conflicto.
Cabe recordar que también se puede reportar la instalación de equipos como conos y cadenas.
En este caso, puedes contactar con la agencia de tránsito local para que se tomen las medidas necesarias.
Las vacantes son publicas
Estacionar en espacios “exclusivos para clientes” es un tema que genera dudas y tensiones, pero la legislación es clara: estos espacios, cuando se ubican en retrocesos de aceras, son públicos.
No existe ninguna protección legal para los minoristas que impida su uso a conductores que no son clientes. La ley también prohíbe la demarcación irregular de estos espacios.
Ahora que sabes cómo actuar, ¿qué opinas sobre estas prácticas de demarcación? ¿Alguna vez has pasado por situaciones similares? ¡Deja tu opinión en los comentarios!