Explosiones Planificadas en el Lecho del Río Tocantins, en Pará, Generan Impasse entre Desarrollo Logístico y Conservación Ambiental, Afectando Especies Amenazadas y Comunidades Ribereñas.
La Justicia Federal determinó la realización de una inspección in loco antes del inicio de las explosiones en el Pedral do Lourenção, en el río Tocantins, sureste de Pará, suspendiendo la licencia ambiental concedida en mayo por el Ibama para la demolición de rocas sumergidas.
El objetivo es evaluar los impactos sociales, ambientales y culturales, garantizando que la acción promovida por el DNIT, financiada por el Nuevo Programa de Aceleración del Crecimiento (PAC), no perjudique a especies amenazadas y comunidades ribereñas.
El MPF presentó una petición judicial solicitando que se suspenda, o incluso anule, la licencia ambiental en el contexto de la creación de una hidrovía capaz de recibir barcos de gran porte.
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Entre los riesgos señalados están la destrucción de hábitats del boto‑do‑Araguaia (Inia araguaiaensis), de la tortuga de Amazonia (Podocnemis expansa) y el impacto en la actividad pesquera de habitantes tradicionales.
También se cuestionó la ausencia de consultas previas a las comunidades ribereñas, previstas en la Convención 169 de la OIT.
Licencia Ambiental y el MPF
De acuerdo con el MPF, la licencia fue otorgada incluso sin resolver pendientes judiciales y administrativas relacionadas con la viabilidad ambiental.
Además, no se realizaron las Consultas Previas, Libres e Informadas (CPLI) con las comunidades afectadas.
En documentos del proceso, el DNIT reconoció al menos diez comunidades ribereñas en el área de influencia de la obra, incluida la Vila Santa Terezinha do Tauiri.
Aun así, el informe ambiental señaló que los impactos a la fauna acuática y a la pesca local fueron clasificados como “no atendidos” o “parcialmente atendidos”.
El procurador de la República, Rafael Martins da Silva, afirmó que el derecho a la CPLI “fue ignorado”.
Por ello, el MPF pidió la anulación de la Licencia Previa (LP), documento que fundamenta todo el proyecto.
Decisión de la Justicia sobre el Pedral do Lourenção
En la decisión publicada el 26 de junio de 2025, el juez federal determinó la realización de una inspección judicial urgente para el análisis de los aspectos socioambientales y culturales.
El Ibama y el DNIT están prohibidos de iniciar cualquier avance material en las obras hasta que la Justicia se manifieste sobre la solicitud de suspensión.
Hasta el momento, tanto el Ibama como el DNIT informaron que aún no han sido notificados oficialmente.
Ambos dijeron que, al ser notificados, podrán manifestarse dentro de los plazos legales.
Impactos Ambientales y Sociales de la Obra
La explosión de rocas puede afectar los ecosistemas acuáticos, comprometiendo especies de peces y áreas de desove.
El boto‑do‑Araguaia, recién reconocido como especie distinta, tiene población restringida.
La tortuga de Amazonia, en riesgo de extinción, también puede tener sus nidos amenazados.
El cambio en el régimen de las aguas puede alterar la pesca artesanal y afectar el modo de vida local.
La Vila Santa Terezinha do Tauiri depende directamente de la pesca de subsistencia.
Hidrovía y Desarrollo Económico
El proyecto del PAC busca dinamizar la logística en la hidrovía Araguaia‑Tocantins.
La eliminación de las barreras rocosas permitiría el transporte de grandes cargas con menor costo.
Este avance, sin embargo, entra en conflicto con la preservación ambiental y cultural de la región.
Próximos Pasos del Proceso para el Río Tocantins
Inspección judicial: debe ocurrir antes de cualquier acción en el lugar.
Notificación oficial: el DNIT y el Ibama deberán manifestarse después de recibir formalmente la decisión.
Deliberación final: la Justicia evaluará si mantiene, suspende o revoca la licencia ambiental con base en la inspección.
No hay, hasta el momento, declaraciones de liderazgo comunitarias ni resultados preliminares de la inspección.
Ante el dilema entre ampliar la infraestructura fluvial para impulsar el transporte de carga y proteger especies amenazadas y el modo de vida de las comunidades ribereñas, ¿cuál debería ser el principal criterio en la decisión final de las autoridades?

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