El Tribunal Regional del Trabajo de la 2ª Región reconoció que una empleada de 67 años fue víctima de acoso moral y discriminación por edad en una tienda de Casas Bahia, después de ser llamada “brujas” y “vieja” por su gerente frente a otros empleados. El colegiado decidió aumentar la indemnización por daño moral a R$ 25 mil, considerando la gravedad de las ofensas y la falta de respeto a la dignidad de la trabajadora.
La empleada, que había trabajado durante más de diez años en el área de limpieza de una unidad en Franco da Rocha (SP), relató haber sufrido humillaciones constantes, siendo ridiculizada por su edad y apariencia. Las expresiones ofensivas se repetían incluso en presencia de colegas, ocasionando vergüenza pública y un impacto emocional.
Además de las agresiones verbales, la trabajadora afirmó haber sido obligada a comprar materiales de limpieza con recursos propios, sin reembolso, lo que reforzó la sensación de desvalorización en el entorno laboral. El TRT-2 concluyó que el caso configuró acoso moral, violación a la dignidad humana y práctica de etarismo, prohibida por la Constitución y por el Estatuto del Anciano.
La Decisión de la Justicia
Al analizar el proceso, la desembargadora Alcina Maria Fonseca Beres reconoció la discriminación por edad y el comportamiento abusivo de la gerente.
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Testigos confirmaron que la empleada era llamada “brujas”, “vieja” y “viejita”, y que la superiora incentivaba a otros empleados a repetir las ofensas, reforzando el clima de humillación.
La magistrada destacó que el comportamiento de la empresa violó los principios de la igualdad y la dignidad de la persona humana, además de contradecir políticas de lucha contra la discriminación previstas en resoluciones del CNJ.
Según el fallo, el acoso fue reiterado, público y dirigido a la condición de edad de la trabajadora, lo que agravó la responsabilidad del empleador.
Valor de la indemnización y efectos pedagógicos
En primera instancia, la indemnización había sido fijada en un valor inferior, equivalente a dos salarios de la empleada.
El TRT, sin embargo, aumentó el valor a R$ 25 mil, al entender que la cantidad anterior no cumplía con las funciones compensatoria y pedagógica de la reparación.
El colegiado mantuvo también el pago de adicional de insalubridad en grado máximo y el reembolso de los materiales de limpieza comprados por la trabajadora.
La decisión refuerza el entendimiento de que el daño moral por discriminación por edad exige una respuesta proporcional a la gravedad de la conducta, sirviendo de alerta a las empresas sobre la necesidad de capacitación y supervisión adecuada de sus gerentes.
Etarismo y Responsabilidad Empresarial
Casos como este evidencian el avance de la discusión sobre etarismo en el entorno laboral, un tema que ha ganado importancia ante el envejecimiento de la población económicamente activa.
El TRT-2 resaltó que el ordenamiento jurídico laboral no tolera prácticas discriminatorias de ningún tipo, especialmente aquellas que refuerzan estigmas relacionados con la edad.
Para los especialistas, decisiones de este tipo consolidan un mensaje claro: el respeto a la diversidad etaria es una obligación legal y ética.
La conducta de los gerentes debe reflejar políticas internas de prevención, bajo pena de responsabilidad directa de la empresa por omisión o condescendencia con abusos.
La condena a Casas Bahia por ofensas a la empleada de 67 años reafirma el compromiso de la Justicia Laboral con la lucha contra el acoso y la discriminación por edad.
La indemnización de R$ 25 mil cumple un papel simbólico y pedagógico, representando la protección de la dignidad en el ambiente corporativo.
¿Crees que el etarismo aún es común en las empresas brasileñas? ¿Casos como este deberían generar sanciones más severas? ¿Has presenciado situaciones de discriminación por edad en el trabajo? Comparte tu experiencia en los comentarios — queremos escuchar a quienes viven esto en la práctica.
