La Jueza Concluyó Que Mensajes Anónimos Atribuidos Al Zelador Rompieron La Confianza Necesaria Al Vínculo Y Legitimaron La Penalidad Aplicada Por El Condominio
La 12ª Vara del Trabajo de la Zona Sur de São Paulo confirmó la justa causa aplicada a un zelador que envió mensajes considerados intimidatorios a residentes por WhatsApp. La sentencia se mantuvo porque las evidencias reunidas en el proceso mostraron que el contenido anónimo, enviado a través de una línea telefónica a nombre del trabajador, causó sensación de amenaza entre algunos condóminos.
Una víctima llegó a registrar una denuncia antes de descubrir quién era el autor de los textos, lo que reforzó la gravedad atribuida al caso por los involucrados.
El empleado intentó anular la penalidad. Afirmó que su salida ya estaba siendo organizada por los residentes y que solo había reenviado capturas de pantalla del grupo interno como forma de avisar que estaba siguiendo conversaciones sobre su posible despido.
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Sin embargo, este argumento no convenció a la magistrada responsable por el análisis del proceso.
Fundamentos Apuntados Por La Jueza
La jueza Renata Prado de Oliveira destacó que el conjunto de pruebas fue suficiente para demostrar la ruptura de confianza.
Según ella, la relación laboral depende de este elemento, por lo que cualquier conducta que afecte esta base inviabiliza la continuidad del contrato.
El entendimiento fue que los mensajes enviados sobrepasaron el límite de lo aceptable, porque crearon inseguridad entre los residentes y produjeron un ambiente laboral inviable.
Además, la magistrada registró que incluso si el despido estaba siendo discutido internamente, eso no autorizaba al trabajador a enviar mensajes privados a los condóminos.
La propia petición inicial, según la sentencia, indicaba que el empleado tomó esta actitud por iniciativa propia, algo que reforzó la interpretación de incumplimiento de las normas disciplinarias del condominio.
Evaluación Del Poder Disciplinar
La sentencia también enfatizó que corresponde al empleador definir medidas proporcionales ante conductas inapropiadas.
Por lo tanto, el condominio tenía autonomía para evaluar la situación y aplicar la sanción que considerara compatible con la gravedad de los hechos.
La justa causa fue considerada válida porque, para la jueza, hubo ruptura de fiducia e impacto directo en la rutina interna.
El proceso sigue pendiente de juicio de recurso ordinario, lo que mantiene la discusión abierta mientras las partes esperan el nuevo análisis.
Con información de TRT2.jus.

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