Proyecto aprobado en el Senado redefine cuándo la poda o el corte de árboles deja de ser un delito y crea regla de autorización tácita, exigiendo informe técnico y fijando plazo de 45 días para respuesta de los órganos ambientales.
El Plenario del Senado Federal aprobó, este miércoles (3), el PL 542/2022, que descriminaliza la poda o el corte de árboles en situaciones de riesgo de accidente cuando el órgano ambiental no responda a la solicitud del interesado en hasta 45 días.
La propuesta modifica la Ley de Crímenes Ambientales (Ley 9.605/1998) y va a sanción de la Presidencia de la República.
Según el texto aprobado, la medida es válida para espacios públicos y propiedades privadas, siempre que el riesgo esté comprobado.
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El informe técnico, elaborado por un profesional habilitado, debe certificar la posibilidad de caída o de otro tipo de accidente.
Este profesional también podrá ejecutar el servicio de poda o corte si se configura la autorización tácita por ausencia de respuesta del órgano competente.
La modificación se refiere al artículo 49 de la Ley de Crímenes Ambientales, que tipifica como delito el corte de árboles en áreas urbanas sin autorización del poder público.
Con el cambio, no será considerada delictiva la conducta cuando haya riesgo documentado y cuando el órgano responsable no emita decisión en el plazo establecido por el proyecto.
El texto también exige que la solicitud sea acompañada de un informe detallado sobre el riesgo.
Si no hay manifestación oficial en el plazo, el solicitante podrá contratar a un profesional habilitado para realizar el servicio, manteniéndose los criterios técnicos previstos.
H3: Qué cambia para residentes y municipios
El proyecto establece un plazo máximo de 45 días para que los municipios y órganos ambientales analicen solicitudes de poda o corte de árboles.
Después de ese periodo sin respuesta, la autorización pasa a ser presumida, siempre que el riesgo esté comprobado en el documento presentado.
La descriminalización se aplica exclusivamente a situaciones que cumplan las condiciones de riesgo técnico y ausencia de análisis administrativo dentro del plazo.
En otros contextos, permanecen vigentes las penalidades previstas en la legislación ambiental para cortes irregulares.
La justificación del proyecto señala la necesidad de prevenir accidentes involucrando árboles en situaciones de inestabilidad.
El autor, diputado Vinicius Carvalho (Republicanos-SP), afirma que las solicitudes de poda pueden llevar períodos prolongados para análisis.
A su juicio, esto crea escenarios de vulnerabilidad en áreas urbanas.
H3: Argumentos presentados por el autor del PL
Durante la tramitación, Vinicius Carvalho defendió que la medida busca equilibrar la protección ambiental y la seguridad, sin flexibilizar controles técnicos.
El diputado argumenta que la exigencia del informe profesional funciona como salvaguarda para evitar intervenciones injustificadas.
Según él, la propuesta se centra en casos de riesgo comprobado.
El informe obligatorio, aún de acuerdo con su evaluación, sería el principal mecanismo para limitar el uso de la autorización tácita prevista en el proyecto.
H3: Dictamen de la CCJ y posición de Sergio Moro
El proyecto fue aprobado por la Comisión de Constitución y Justicia (CCJ) el 26 de noviembre.
El relator, senador Sergio Moro (Unión-PR), emitió dictamen favorable y rechazó enmienda de la Comisión de Medio Ambiente que preveía el credenciamento previo de los profesionales por las administraciones municipales.
En el informe, Moro afirmó que la exposición al peligro derivada de la falta de poda es considerada, a su juicio, un elemento suficiente para alejar la ilicitud de la conducta en determinadas circunstancias.
El senador también declaró que el proyecto define un plazo que, según su interpretación, permite que la autoridad pública se manifieste antes de la autorización presumida.
En Plenario, Moro afirmó que la propuesta pretende reducir obstáculos administrativos y ampliar la posibilidad de respuesta a situaciones de riesgo.
De acuerdo con el parlamentario, el texto puede beneficiar a residentes que esperan decisiones del poder público por períodos prolongados.
H3: Debate sobre arborización urbana y efectos esperados
La aprobación del PL 542/2022 reavivó debates entre entidades ambientales, gestores municipales y especialistas en arborización urbana.
Representantes de estos sectores siguen los desdoblamientos del proyecto, especialmente en relación al impacto sobre políticas de manejo de árboles y al volumen de solicitudes que podrán ser protocoladas con base en el nuevo plazo.
Estados y municipios continúan responsables de regular procedimientos de poda, fiscalización y aplicación de eventuales sanciones administrativas.
Las modificaciones previstas por el proyecto entrarán en vigor después de la sanción presidencial y publicación de la ley.
A partir de ahí, los órganos ambientales deberán ajustar rutinas internas para cumplir con el plazo máximo de 45 días previsto.

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