CLT garantiza 120 días de licencia de maternidad para padres y madres adoptivos: Desde la entrada en vigor de la Ley nº 12.873/2013, el gobierno garantizó la igualdad de tratamiento entre adoptantes, independientemente de la edad del niño o del adolescente acogido.
Durante mucho tiempo, padres y madres que adoptaban a un niño no contaban con los mismos derechos laborales de quienes pasaban por la gestación. Esta laguna en la legislación creaba desigualdad entre familias biológicas y adoptivas, además de dificultar el período de adaptación y acogida del niño en su nuevo hogar.
A partir de los cambios traídos por la Ley nº 12.873/2013 y la consolidación de entendimientos en el ámbito de la CLT, la situación cambió: hoy, quienes adoptan un hijo tienen derecho a la misma licencia de maternidad de 120 días prevista para la gestante, además de hasta 20 días de licencia de paternidad en empresas inscritas en el Programa Empresa Ciudadana.
Esta equiparación no es solo formal: reconoce la importancia del vínculo afectivo y de la protección integral del niño, garantizada por el art. 227 de la Constitución Federal.
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La licencia de paternidad sube de 5 a 20 días con la Ley 15.371/2026, que también creó el salario de paternidad por el INSS y garantizó estabilidad en el empleo para los padres hasta 30 días después del final de la licencia.
Qué dice la ley sobre la licencia por adopción
El artículo 392-A de la CLT es claro: la empleada que adopte u obtenga la custodia judicial con el fin de adoptar a un niño tendrá derecho a licencia de 120 días. El mismo dispositivo también prevé prórrogas en el caso de empresas participantes de programas de incentivo gubernamental.
En el caso de los padres, la Ley nº 11.770/2008 (Programa Empresa Ciudadana) amplió la licencia de paternidad de 5 a hasta 20 días, incluso en situaciones de adopción.
Así, los hombres que adoptan también pueden gozar de un permiso remunerado para dedicarse al nuevo núcleo familiar.
La importancia de la estabilidad provisional
Además del período de permiso, la Justicia Laboral consolidó el entendimiento de que padres y madres adoptivos tienen derecho a la estabilidad provisional durante la licencia, de manera idéntica a los trabajadores biológicos.
Esto significa que no pueden ser despedidos sin causa justa durante el período de ausencia y, en algunos casos, incluso un tiempo después de regresar al trabajo.
Según la jurista Vólia Bomfim Cassar, “la equiparación de la licencia por adopción garantiza no solo igualdad formal, sino también estabilidad para que el vínculo entre padres e hijos se consolide sin presiones externas”.
Expertos refuerzan el valor de la licencia por adopción
El abogado laboralista Homero Batista Mateus da Silva, profesor de la USP, destaca que “el reconocimiento de la licencia por adopción es una de las expresiones más importantes de la dignidad de la persona humana en el Derecho Laboral. La llegada de un hijo, ya sea por nacimiento o por adopción, exige adaptación y presencia de los padres”.
Para la jueza del Trabajo Valdete Souto Severo, la norma también fortalece la protección de la infancia:
“El interés mayor es de la niña. Es deber del Estado, de la familia y de la sociedad asegurar condiciones para que ella crezca en un ambiente saludable y con vínculos afectivos fortalecidos. La licencia por adopción concreta este mandato constitucional.”
Cómo funciona en la práctica la licencia por adopción
El proceso es similar al de la licencia de maternidad biológica:
- El trabajador o trabajadora presenta a la empresa la custodia judicial con fines de adopción;
- El RH formaliza la ausencia junto al INSS, que cubre el pago del beneficio;
- El período es de 120 días corridos, pudiendo ser prorrogado en programas de incentivo;
- En caso de adopción conjunta (pareja), la licencia solo puede ser utilizada por uno de los adoptantes, salvo cuando ambos trabajan en la misma empresa y hay un acuerdo específico.
Adopción y licencia de paternidad
En el caso de la licencia de paternidad, los hombres que adoptan hijos tienen derecho a 5 días corridos de permiso remunerado, que pueden ampliarse a 20 días si la empresa se adhiere al Programa Empresa Ciudadana. Esta medida busca equilibrar la responsabilidad entre padres y madres, incentivando una mayor participación masculina en el proceso de acogimiento.
El impacto social de la equiparación
Según datos del Consejo Nacional de Justicia (CNJ), más de 30 mil niños y adolescentes viven en refugios o instituciones de acogida en Brasil.
Facilitar la adaptación de estos niños al ambiente familiar es una necesidad urgente, y la licencia por adopción contribuye directamente a este proceso.
Al garantizar que padres y madres adoptivos puedan ausentarse del trabajo con seguridad jurídica y estabilidad, la ley promueve no solo igualdad entre familias, sino también el cumplimiento de la función social de la adopción: proporcionar cuidado, afecto e integración plena al niño.
La jurisprudencia refuerza los derechos
El TST (Tribunal Superior del Trabajo) ya ha consolidado en diversas decisiones que la licencia por adopción debe tener el mismo tratamiento que la licencia de maternidad.
En fallos recientes, inclusive, el tribunal extendió el derecho a casos de adopción de adolescentes, sin límite de edad rígido, priorizando el principio de protección integral del niño.
La equiparación de la licencia por adopción a la licencia biológica es un hito en la lucha por la igualdad y protección de la infancia en Brasil. Más que un derecho laboral, es un instrumento de justicia social: asegura tiempo, estabilidad y dignidad para que el vínculo entre padres e hijos se consolide en los primeros meses de la adopción.
El mensaje es claro: no importa cómo se forme una familia —por biología o por adopción—, los derechos de cuidado y convivencia inicial son los mismos.


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