Entienda cómo la regulación impacta el uso diario de estos vehículos, cuáles son los límites permitidos, las exigencias legales y lo que necesita saber para evitar multas y circular con seguridad
Con el crecimiento acelerado de la movilidad eléctrica en Brasil, muchas dudas comenzaron a surgir entre los usuarios de bicicletas eléctricas, ciclomotores y vehículos autopropulsados. Al fin y al cabo, ¿se puede circular por la acera? ¿Cuál es el límite de velocidad? ¿Se necesita licencia de conducir? Estas preguntas se han vuelto cada vez más comunes a medida que estos vehículos han ganado espacio en las ciudades.
Ante este escenario, se establecieron nuevas reglas para organizar el uso de estos medios de transporte y garantizar mayor seguridad en el tránsito. La información fue divulgada por «g1», que detalló los principales cambios y brindó aclaraciones importantes para los usuarios.
Además, la regulación busca diferenciar claramente cada tipo de vehículo, lo que facilita la fiscalización y evita interpretaciones equivocadas. Por lo tanto, entender estas normas es esencial para quien ya utiliza o pretende adquirir uno de estos vehículos.
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Diferencia entre bicicleta eléctrica, ciclomotor y vehículo autopropulsado
Antes que nada, es fundamental entender las diferencias entre los principales tipos de vehículos eléctricos. Esto se debe a que cada categoría posee reglas específicas de circulación, exigencias legales y límites técnicos.
Los llamados vehículos autopropulsados son aquellos que poseen un sistema de propulsión propio. Deben tener una o más ruedas, acelerador y motor con una potencia máxima de hasta 1000 W (mil vatios). Además, la velocidad máxima de fabricación no puede superar los 32 km/h, el ancho debe ser de hasta 70 cm y la distancia entre ejes no puede exceder los 130 cm.
En este grupo, entran patinetes eléctricos, skates eléctricos, hoverboards, monociclos motorizados e incluso bicicletas con acelerador.
Por otro lado, las bicicletas eléctricas poseen pedaleo asistido y no cuentan con acelerador. Es decir, el motor solo funciona cuando el usuario pedalea. Además, también siguen el límite de 32 km/h y una potencia de hasta 1000 W.
Mientras tanto, los ciclomotores son vehículos más robustos. No poseen pedal, cuentan con acelerador y pueden alcanzar hasta 50 km/h, con una potencia máxima de 4 kW (cuatro kilovatios). Justamente por eso, poseen reglas más estrictas.
Dónde puede circular cada vehículo y cuáles son los límites de velocidad

Ahora que las diferencias están claras, surge la principal duda: ¿dónde pueden circular estos vehículos?
Las bicicletas eléctricas y los vehículos autopropulsados pueden circular por aceras, ciclovías y vías urbanas, siempre que respeten las normas locales. Sin embargo, existe un detalle importante: al circular por aceras, el límite de velocidad es de solo 6 km/h, garantizando la seguridad de los peatones.
Además, estos vehículos también pueden circular por calles con una velocidad máxima regulada de hasta 40 km/h, lo que amplía considerablemente su utilización en el entorno urbano.
Por otro lado, los ciclomotores no pueden circular por aceras ni por ciclovías. Deben circular exclusivamente por las calles, respetando vías con un límite de hasta 40 km/h. Además, tampoco pueden circular por vías expresas.
Otro punto relevante es que estas reglas pueden ser ajustadas por los ayuntamientos. Por lo tanto, siempre es importante verificar la legislación local para evitar problemas.
Exigencias legales, equipos obligatorios y penalizaciones
Además de las reglas de circulación, las exigencias legales también varían según el tipo de vehículo.
Los ciclomotores, por ejemplo, exigen placa, licencia y habilitación. El conductor debe poseer carné categoría A o autorización específica. Además, el plazo para la regularización fue hasta finales de 2025 para quienes ya poseen el vehículo.
En cambio, las bicicletas eléctricas y los vehículos autopropulsados no exigen habilitación, registro o matriculación, lo que facilita el acceso y la popularización de estos medios de transporte.
En relación con el equipamiento obligatorio, los ciclomotores deben poseer:
- limitador electrónico de velocidad
- timbre
- señalización nocturna delantera, trasera y lateral
Además, el uso de casco es obligatorio para conductor y pasajero.
Por otro lado, las bicicletas eléctricas deben tener:
- limitador de velocidad
- timbre
- señalización nocturna delantera, trasera, lateral y en los pedales
- espejo retrovisor izquierdo
- neumáticos en buenas condiciones
Cabe destacar que el velocímetro puede ser sustituido por aplicaciones en el celular.
Finalmente, quien incumpla las reglas estará sujeto a las penalidades previstas en el Código de Tránsito Brasileño, que van desde infracciones medias a gravísimas, además de multas.
¿Crees que estas nuevas reglas ayudan o dificultan el uso de bicicletas eléctricas en el día a día?

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