Cliente Venció El Proceso Contra Una Operadora Telefónica, Pero Solo Después Descubrió Que El Valor Había Sido Pagado Y Que Su Abogada Retuvo Toda La Cuantía Sin Repartir Ni Informar El Fin De La Acción.
Una abogada fue condenada por la Justicia de Río Grande del Norte a devolver R$ 3,6 mil a una clienta y pagar R$ 6 mil por daños morales tras retener, sin autorización, todo el valor de un acuerdo judicial firmado en una acción contra una empresa de telefonía.
La decisión es del Juzgado Especial Civil, Criminal y de la Hacienda Pública de la Comarca de Extremoz, en la Gran Natal, y fue proferida por el juez Diego Costa Pinto Dantas.
De acuerdo con el proceso, la clienta buscó a la abogada en 2022 para iniciar una acción contra la operadora telefónica, alegando problemas en la prestación del servicio.
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Entre ellas, se acordó que, en caso de éxito, el valor obtenido sería dividido en partes iguales, con 50% para cada una.
Ese acuerdo, aunque informal, fue reconocido en el análisis del caso por la Justicia potiguar.
La acción contra la empresa de telefonía fue juzgada procedente en septiembre de 2024 y terminó con un acuerdo por el valor de R$ 7.200.
Según los autos, la cuantía fue íntegramente depositada a favor de la clienta, pero la profesional recibió el monto y no repartió la parte que correspondía a la autora, incumpliendo lo acordado inicialmente.
Al mismo tiempo, dejó de proporcionar información clara y actualizada sobre el avance del proceso.
Clienta Descubre Sola Que El Caso Ya Había Sido Cerrado
Pasado el plazo que consideraba razonable para recibir alguna noticia, la clienta relató haber intentado contactar diversas veces con la abogada.
Las respuestas, sin embargo, eran descritas como vagas, sin indicación de fechas, valores o etapas concretas del procedimiento judicial.
Los mensajes, según la autora, daban a entender que la acción todavía estaría en curso.
Ante la falta de claridad, la mujer decidió buscar información por su cuenta.
Al consultar el avance procesal, descubrió que el caso ya había sido cerrado y que el acuerdo con la operadora de telefonía estaba homologado, con el pago debidamente realizado.
Fue en ese momento que, según el proceso, ella se dio cuenta de que el valor había sido recibido por la abogada sin ningún reembolso.
En la petición presentada al Juzgado Especial, la autora afirmó sentirse engañada y emocionalmente afectada.
Ella sostuvo haber habido quiebra de confianza en la relación profesional, además de enriquecimiento indebido por parte de la abogada.
Las alegaciones fueron acompañadas de documentos que comprobaron tanto el pago del acuerdo como la ausencia de reembolso.
Abogada No Presentó Defensa Y Se Convirtió En Revel
El Juzgado de Extremoz citó oficialmente a la abogada para que presentara contestación y se manifestara sobre las acusaciones.
Aun así, ella no envió defensa dentro del plazo legal.
Ante la inacción, el juez reconoció la revelía, situación en la que las alegaciones de la parte autora tienden a aceptarse como verdaderas cuando están respaldadas por pruebas.
En el análisis del juez, hubo comprobación documental de que la indemnización fue recibida y de que no hubo rendición de cuentas a la clienta.
Este conjunto probatorio, sumado al silencio de la abogada a lo largo de la acción, llevó al juez a concluir que hubo falla grave en la conducta profesional.
Al fundamentar la sentencia, el juez Diego Dantas destacó el impacto emocional de la situación.
Según él, “la retención indebida de valores, aliada al sufrimiento psicológico causado por la falta de información, es suficiente para justificar la condena del reo al pago de indemnización por daños morales”.
Sentencia Determina Devolución e Indemnización Por Daño Moral
Con base en los elementos presentados, el Juzgado Especial condenó a la abogada a devolver R$ 3,6 mil a la clienta, valor correspondiente a la parte que correspondía a la autora en el acuerdo con la empresa de telefonía.
Además, la profesional deberá pagar R$ 6 mil a título de daños morales, monto fijado considerando la gravedad de la conducta, el perjuicio soportado y el carácter pedagógico de la decisión.
La sentencia también determinó que todos los valores sean actualizados monetariamente y aumentados con intereses.
Este tipo de corrección busca evitar que el tiempo entre el hecho y el pago reduzca, en la práctica, el alcance de la reparación financiera definida por la Justicia.
Aunque el proceso trate de una relación individual entre clienta y abogada, la decisión refuerza el entendimiento de que el abogado tiene la obligación de rendir cuentas de todos los valores recibidos en nombre de la clienta y repartir de manera transparente lo que le es debido.
Cuando esto no ocurre, además de infracción ética, puede haber responsabilidad civil e incluso repercusión criminal, dependiendo de la conducta y del encuadre jurídico.
Relación Entre Clienta y Abogado Exige Transparencia
Casos como el juzgado en Extremoz evidencian la importancia de la confianza en la relación entre abogados y clientes.
El profesional tiene acceso a información sensible, documentos personales y, muchas veces, valores depositados como consecuencia de decisiones judiciales.
Por eso, el Estatuto de la Abogacía y el Código de Ética exigen transparencia, lealtad y comunicación clara sobre cualquier movimiento financiero en nombre del representado.
Además del deber ético, hay un deber jurídico de información.
Cuando la clienta no es avisada sobre el cierre de un acuerdo o el recibo de valores, queda vulnerable y dependiente exclusivamente de la buena fe del abogado.
La práctica de retener cuantías sin autorización, si se comprueba, puede entenderse como violación grave del deber profesional.
En el caso específico, la ausencia de respuestas adecuadas y la falta de información clara pesaron en la caracterización del daño moral.
El juez reconoció que la violación de la confianza en la relación profesional genera consecuencias que van más allá de la pérdida financiera.
En Una Situación Como Esta, Surge Una Reflexión Inevitable Para El Lector: ¿Hasta Qué Punto Episodios De Este Tipo Influyen En La Confianza De La Población En Los Profesionales Que Actúan En La Defensa De Sus Derechos?

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