Propuesta Presentada en 2025 Promete Redefinir Límites para la Recolección y el Tratamiento de Datos Biométricos en Servicios Públicos y Privados
Un cambio importante en el campo de la protección de datos comenzó a ganar fuerza en 2024, cuando la Agencia Nacional de Protección de Datos (ANPD) intensificó alertas sobre el aumento en el uso de datos biométricos en aplicaciones, registros y plataformas digitales. En mayo de 2025, este movimiento resultó en la presentación del Proyecto de Ley n.º 2.379/2025, una propuesta creada para definir nuevas reglas y exigir alternativas al ciudadano en procesos de autenticación.
Datos Biométricos y Protección Prevista en la LGPD
La Ley n.º 13.709/2018 (LGPD) ya clasificaba los datos biométricos como datos personales sensibles, porque tales elementos pueden exponer la privacidad y causar riesgos cuando se tratan sin necesidad. Así, el legislador estableció protección reforzada para datos físicos, fisiológicos y comportamentales que permiten la identificación precisa de una persona, conforme se define en el artículo 5.º, inciso II, de la legislación. De este modo, cualquier uso incorrecto puede violar principios fundamentales, especialmente la dignidad de la persona humana, mencionada en el artículo 2.º de la LGPD.
Uso Legítimo de los Datos Biométricos
Históricamente, bancos y prestadores de servicios de salud han adoptado la biometría para aumentar la seguridad en transacciones digitales. Consecuentemente, el uso de estos datos redujo fraudes y fortaleció la protección financiera de los usuarios, especialmente porque la mayoría de las operaciones bancarias se trasladaron a aplicaciones. Aún así, la propia ANPD reconoció en 2024 que incluso estructuras más robustas no están exentas de incidentes.
Recolección Excessiva Genera Preocupación Institucional
Con el avance de las tecnologías digitales, aplicaciones de áreas diversas comenzaron a exigir biometría sin justificación proporcional. Por eso, muchos titulares comenzaron a entregar un dato sensible a cambio de servicios que no necesitan esa capa de seguridad. Por lo tanto, esto viola principios como finalidad, necesidad y autodeterminación informativa, porque muchos usuarios ni siquiera tienen una elección real.
PL 2.379/2025 Modifica Reglas y Crea Derechos Claros
La propuesta presentada en mayo de 2025 modifica el artículo 20 de la LGPD e incluye el artículo 20-A, estableciendo cuatro cambios esenciales:
- Por lo menos una alternativa no biométrica, obligatoria en cualquier identificación.
- Prohibición de restricciones al titular que se niegue a proporcionar datos biométricos.
- Obligación de transparencia, con información clara y accesible sobre todas las opciones disponibles.
- Prohibición de condicionar servicios a la recolección compulsoria de datos sensibles.
Así, el PL refuerza la necesidad de proporcionalidad e impide exigencias injustificadas.
Impactos Directos para Agentes de Tratamiento
Si se aprueba, el PL obligará a empresas y órganos a revisar sus políticas de privacidad. A pesar de esto, el cambio puede reducir riesgos operativos, porque menos recolección representa menos exposición a incidentes. Además, especialistas afirman que las empresas que evitan datos sin finalidad fortalecen su reputación, una preocupación constante desde 2024.
Reflexiones que Nortean el Mercado de Datos
La discusión actual exige que las empresas cuestionen sus prácticas:
- “¿Realmente necesito ese dato?”
- “¿Puedo usar otra forma de autenticación?”
- “¿Estoy respetando la autonomía del titular?”
Independientemente de la aprobación, tales reflexiones ya se consideran esenciales para garantizar confianza y conformidad.
Protección Jurídica en Evolución Constante
El debate sobre límites de la biometría sigue la tendencia internacional de reforzar la protección de datos sensibles. Por eso, el PL consolida un movimiento que comenzó con la LGPD en 2018 y ganó fuerza con alertas de la ANPD en 2024. Así, Brasil se acerca a modelos más maduros de gobernanza digital, garantizando que derechos fundamentales sean respetados.
¿Y usted, cree que las empresas realmente necesitan recolectar tantos datos biométricos o la alternativa no biométrica debería ser la regla en todos los servicios?

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