La actualización del Código Civil entró en nueva fase en el Senado, con la OAB defendiendo cambios que afectan reglas contractuales, actuación de empresas extranjeras en el país y el reconocimiento del patrimonio digital como bien sujeto a embargo
El Consejo Federal de la OAB presentó contribuciones técnicas para la actualización del Código Civil durante una audiencia pública realizada el 13 de noviembre. El encuentro tuvo lugar en la Comisión Temporal del Senado dedicada al tema y contó con la participación de juristas, profesores e instituciones.
La entidad fue representada por Pedro Alfonsin, presidente de la Comisión Especial de Derecho Civil, y por la secretaria, Clarissa Medeiros Cardoso.
La OAB consolidó sus propuestas tras una amplia consulta nacional involucrando seccionales y comisiones temáticas.
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Según Alfonsin, el proceso debe avanzar con responsabilidad y diálogo, porque la reforma involucra más de mil dispositivos y requiere un análisis cuidadoso.
Propuestas tratan de la función social del contrato y de empresas extranjeras
Durante su exposición, Alfonsin propuso la exclusión del párrafo segundo del artículo 421, que trata de la función social del contrato.
Él argumentó que el concepto aún no está consolidado en la jurisprudencia y necesita de mayor madurez antes de constar en el texto legal.
Otra sugerencia presentada busca mejorar las reglas para la constitución de empresas extranjeras en el país. Para Alfonsin, este ajuste puede estimular inversiones y fortalecer el ambiente de negocios.
Él también invitó al senador Rodrigo Pacheco a una audiencia en el Consejo Federal de la OAB destinada a escuchar a la abogacía sobre el tema, invitación aceptada por el parlamentario.
Derecho Civil Digital entra en la agenda de la actualización
La secretaria Clarissa Medeiros Cardoso defendió la inclusión de dispositivos relacionados al derecho civil digital, basados en principios de la Ley General de Protección de Datos y del Marco Civil de Internet. Ella destacó la importancia de reconocer el patrimonio digital, como millas y créditos de tarjeta, permitiendo su embargo en procesos judiciales.
“Tratar esta cuestión en el Código Civil es esencial para adecuar los bancos de activos digitales a la legislación y asegurar que bienes virtuales puedan ser expropiados como cualquier bien físico”, explicó Clarissa Medeiros Cardoso.

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