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«Quien Abandona No Hereda»: El Congreso Analiza Una Ley Que Puede Excluir A Los Padres Que Nunca Criaron A Sus Hijos Del Derecho A La Herencia Y Transformar El Código Civil En 2025

Escrito por Débora Araújo
Publicado el 07/10/2025 a las 08:49
“Quem abandona não herda”: Congresso analisa lei que pode excluir pais que nunca criaram os filhos do direito à herança e transformar o Código Civil em 2025
“Quem abandona não herda”: Congresso analisa lei que pode excluir pais que nunca criaram os filhos do direito à herança e transformar o Código Civil em 2025
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El nuevo proyecto de ley en análisis en la Cámara de Diputados propone excluir de la herencia a padres y madres que abandonaron afectivamente a sus hijos, redefiniendo derechos sucesorios y responsabilidades familiares.

Un nuevo proyecto de ley presentado a la Cámara de Diputados promete cambiar de forma profunda la manera en que la Justicia brasileña trata el abandono afectivo y el derecho a la herencia. La propuesta, que ya provoca un intenso debate entre juristas y en las redes sociales, prevé que padres y madres que abandonaron a sus hijos puedan ser excluidos de la sucesión, perdiendo el derecho a heredar bienes de los hijos tras la muerte.

El proyecto, identificado como PL 767/2024, altera el Código Civil para incluir el abandono afectivo como causa de indignidad sucesoria — es decir, una situación en la que la persona es considerada moralmente indigna de heredar. En la práctica, si el texto es aprobado, quienes negligenciaron el deber de cuidado y afecto durante la vida del hijo no podrán beneficiarse de su herencia tras la muerte.

Lo que dice el proyecto

El PL 767/2024 fue presentado por el diputado Fred Linhares (Republicanos-DF) y propone alterar el artículo 1.814 del Código Civil, que lista las situaciones en que un heredero puede ser considerado indigno. Actualmente, la ley solo prevé la exclusión de la herencia para casos graves, como homicidio contra el autor de la herencia, crimen doloso, violencia o falsificación de testamento.

La propuesta añade un nuevo inciso al artículo, reconociendo como indigno a quien “abandonó injustificadamente al descendiente o ascendente, privándolo de convivencia, sustento material y cuidado afectivo”.

Video de YouTube

Según el autor del texto, el objetivo es corregir una “injusticia moral” del sistema actual. Hoy, incluso padres que nunca contribuyeron emocional o financieramente a la crianza de los hijos pueden, por fuerza de ley, recibir parte de la herencia cuando esos hijos fallecen — lo que ha causado indignación en innumerables familias y motivado largas batallas judiciales.

“No es razonable que un padre o madre que nunca cumplió con sus obligaciones familiares se beneficie del patrimonio de quien él mismo abandonó”, declaró el parlamentario al justificar el proyecto durante la tramitación en la Comisión de Constitución y Justicia de la Cámara.

Base jurídica y precedentes

El tema no es nuevo en el ámbito jurídico, pero ahora tiene la oportunidad de ser consolidado en ley. El Superior Tribunal de Justicia (STJ) ya ha reconocido el abandono afectivo como causa para indemnización en algunos casos (como el REsp 1.159.242/SP, de 2012), estableciendo que el daño moral puede configurarse cuando hay una omisión grave en el deber de cuidado parental.

No obstante, esta responsabilización aún ocurre en acciones civiles, y no en el campo sucesorio. Lo que hace el PL 767/2024 es transportar el concepto de abandono afectivo al derecho de sucesiones, equiparándolo a crímenes que ya excluyen herederos por indignidad.

Para los defensores de la propuesta, se trata de una evolución natural del sistema: la afectividad ha sido reconocida como un valor jurídico fundamental en la Constitución Federal (artículo 226) y en las decisiones del STF y STJ, y ahora debe reflejarse en las leyes patrimoniales.

Impacto en el Código Civil y en las familias brasileñas

Si se aprueba, el PL 767/2024 podrá alterar el equilibrio de herencias en miles de familias. La exclusión por indignidad no es automática — necesita ser reconocida judicialmente —, pero el simple hecho de que exista esta posibilidad ya cambia la dinámica de las disputas familiares.

Hijos que han sido abandonados, y que hoy están obligados a dividir bienes con padres ausentes, podrán solicitar a la Justicia que excluya al progenitor del inventario. Por el contrario, padres que demuestren haber contribuido, aunque de forma modesta, al sustento y educación, podrán evitar la sanción.

Para abogados de familia, la propuesta crea un nuevo paradigma: el derecho sucesorio deja de ser solo patrimonial y pasa a incorporar un juicio ético. No será suficiente tener lazo de sangre — será necesario haber cumplido, mínimamente, con los deberes afectivos y morales previstos en la legislación civil y en la Constitución.

Debate entre juristas: ¿justicia moral o subjetividad peligrosa?

El proyecto divide opiniones en el ámbito jurídico. Parte de los especialistas ve la propuesta como una victoria simbólica y moral, que reconoce el sufrimiento de los hijos abandonados y responsabiliza a quienes ignoraron sus deberes parentales.

Otros, sin embargo, alertan sobre el riesgo de subjetividad: ¿cómo probar, de manera inequívoca, el abandono afectivo? El término, a pesar de estar consolidado en la jurisprudencia, depende de un análisis de circunstancias emocionales y familiares difíciles de medir.

Video de YouTube

También existe la preocupación de que la medida genere una judicialización masiva de herencias, con hijos alegando abandono incluso en relaciones distantes, pero no necesariamente negligentes.

Aun así, el consenso es que el proyecto abre una discusión necesaria sobre la función social de la herencia — no como simple transmisión de bienes, sino como reconocimiento de vínculos reales de cuidado, presencia y responsabilidad.

Comparativo internacional

Leyes similares ya existen en otros países. En Portugal, el Código Civil prevé la posibilidad de exclusión por indignidad moral, incluyendo el abandono o la falta de asistencia a ascendentes y descendentes. En Francia, los tribunales también han decidido, caso por caso, la pérdida del derecho de herencia cuando hay comprobación de comportamiento contrario al deber familiar.

Con el PL 767/2024, Brasil se acerca a estas legislaciones, insertando la afectividad como elemento jurídico pleno en el campo patrimonial.

Próximos pasos en el Congreso

El proyecto tramita en la Comisión de Constitución y Justicia y de Ciudadanía (CCJ) de la Cámara, donde espera un dictamen. Si es aprobado, seguirá al Senado Federal antes de ir a la sanción presidencial.

Hay expectativa de que el tema avance aún en 2025, dentro del paquete de modernización del Código Civil, que incluye otros puntos como unión estable, sucesión digital y régimen de bienes.

El PL 767/2024 traduce un sentimiento popular de justicia: quien abandona no debe heredar. Al colocar el abandono afectivo en el mismo nivel que crímenes graves para fines sucesorios, el proyecto propone una revolución moral y jurídica.

Más que castigar, busca reafirmar la función social de la familia y el valor del cuidado como deber fundamental. Si se aprueba, puede convertirse en uno de los hitos más simbólicos de la reforma civil brasileña en este siglo — un divisor de aguas entre la sangre y el afecto.

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Débora Araújo

Débora Araújo é redatora no Click Petróleo e Gás, com mais de dois anos de experiência em produção de conteúdo e mais de mil matérias publicadas sobre tecnologia, mercado de trabalho, geopolítica, indústria, construção, curiosidades e outros temas. Seu foco é produzir conteúdos acessíveis, bem apurados e de interesse coletivo. Sugestões de pauta, correções ou mensagens podem ser enviadas para contato.deboraaraujo.news@gmail.com

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