Entienda quién puede recibir un aumento del 25% en la pensión por invalidez, cuáles condiciones son válidas, cómo solicitarlo por el INSS y por qué existe este adicional.
La Ley 8.213/1991 establece que quienes reciben pensión por invalidez y dependen permanentemente de la ayuda de otra persona para tareas básicas — como higiene, alimentación o locomoción — pueden requerir un incremento del 25% sobre el valor del beneficio.
Este derecho aplica para quienes ya están jubilados o están a la espera de la concesión de la pensión por incapacidad permanente.
La importancia de esta medida radica precisamente en garantizar que las personas con graves limitaciones físicas o mentales reciban apoyo financiero adicional, ayudando a cubrir el costo de cuidados continuos.
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¿Quién efectivamente tiene derecho al incremento del 25%?
No todos los jubilados obtienen este beneficio. El adicional está restringido a casos de jubilación por invalidez que requieren asistencia permanente.
Entre los ejemplos de situaciones que pueden dar derecho al incremento están: ceguera total; parálisis de ambos brazos o piernas; pérdida de miembros cuando la prótesis no es viable; enfermedades que hacen que la persona permanezca en cama; o alteraciones graves en las funciones mentales que impidan la autonomía en las actividades diarias.
Es importante destacar que las pensiones por edad, por tiempo de contribución, especiales o pensionados — como pensión por fallecimiento — no dan derecho a este adicional.
¿Por qué existe el incremento del 25% en la pensión?
El aumento garantizado por el art. 45 de la Ley 8.213/1991 busca compensar los costos adicionales que enfrenta una persona incapacitada permanentemente — especialmente cuando necesita un cuidador o apoyo continuo para vivir con dignidad.
Además, este beneficio no está limitado al techo previsional — es decir, incluso quienes ya reciben el valor máximo del beneficio pueden tener derecho al adicional.
Este incremento refleja el reconocimiento de la “gran invalidez”: condición en la que el asegurado depende permanentemente de la asistencia de terceros para sobrevivir y realizar las tareas básicas del día a día.
¿Cómo solicitar el incremento del 25% en la pensión?
La solicitud puede hacerse a través del sitio o la aplicación Meu INSS, o por teléfono (llamando al 135).
En “Meu INSS”, el asegurado debe: ingresar su CPF y contraseña; en el campo “¿Qué necesitas?”, escribir “Incremento del 25%”; y seleccionar el servicio correspondiente.
Luego, será necesario presentar documentos personales y informes o exámenes que prueben la incapacidad y la dependencia de terceros.
En muchos casos, se programará una pericia médica — y posiblemente una evaluación social — para confirmar la necesidad de asistencia permanente.
Tras la solicitud, el INSS suele tardar alrededor de 45 días en dar una respuesta.
Lo que debes saber antes de solicitar el incremento
- El incremento del 25% solo se aplica a pensiones por invalidez, no aplica para pensiones por edad, por tiempo de contribución o pensiones.
- Aun cuando el beneficio ya esté en el valor máximo permitido por el INSS, el adicional puede ser concedido normalmente.
- Si hay una negativa del pedido, existe la posibilidad de recurrir a la justicia — especialmente si se presentan informes médicos que demuestren la necesidad de un cuidador permanente.
¿Por qué este incremento es fundamental para muchos jubilados?
Para quienes viven con limitaciones graves, el incremento del 25% representa más que dinero — significa dignidad y apoyo para necesidades básicas.
En muchos casos, ayuda a costear cuidadores, atención médica o adaptaciones del hogar.
Además, la existencia de esta previsión legal demuestra el compromiso de la previsión con la protección de los más vulnerables, valorando la calidad de vida incluso en situaciones de fragilidad.
Con información de JusBrasil

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