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Cliente bate carro durante test-drive e Tribunal de Justiça decide que a culpa não es del conductor, por lo tanto, no debe pagar por los daños.

Escrito por Ruth Rodrigues
Publicado el 02/06/2026 a las 16:37
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Decisión del TJMG exime de responsabilidad a cliente por daño en coche durante test-drive realizado en concesionaria.

Un conductor que participaba de un test-drive en Belo Horizonte no tendrá que asumir los perjuicios causados tras una colisión involucrando el vehículo evaluado. La decisión fue tomada por el Tribunal de Justicia de Minas Gerais (TJMG), que consideró que los riesgos ligados a la actividad comercial pertenecen a la concesionaria responsable por el coche puesto a disposición del consumidor.

El entendimiento fue firmado por la 5ª Sala del Núcleo de Justicia 4.0 – Civil Privado. Los magistrados rechazaron el recurso presentado por la empresa y mantuvieron la decisión que exime al cliente de pagar por los daños sufridos por el automóvil durante la prueba de conducción.

Según lo informado por el portal TJMG en abril de 2026, el caso comenzó después de que el vehículo utilizado en el test-drive sufriera un golpe trasero. La concesionaria argumentó que el consumidor habría provocado la situación al frenar de forma brusca en una avenida con tráfico intenso. Además, la empresa sostuvo que el conductor había firmado un documento asumiendo responsabilidad por eventuales perjuicios causados al coche.

Test-drive fue considerado parte de la estrategia comercial

Al analizar el proceso, la relatora del caso, jueza Kenea Márcia Damato de Moura Silva, concluyó que la maniobra realizada por el conductor ocurrió por motivo de seguridad. Según la magistrada, el frenado fue necesario tras la actitud inesperada de otro vehículo en la vía.

En la evaluación de la jueza, la conducta adoptada por el cliente está alineada con las normas previstas en el Código de Tránsito Brasileño y no caracteriza imprudencia.

La decisión también destacó que la relación entre concesionaria y consumidor debe seguir las reglas del Código de Defensa del Consumidor. De esta forma, el tribunal entendió que el test-drive integra la propia actividad comercial de la empresa, ya que sirve para atraer compradores e incentivar negociaciones.

Con esto, eventuales accidentes ocurridos durante esta experiencia son considerados parte del riesgo asumido por el proveedor. Según el entendimiento del TJMG, cláusulas que intentan transferir íntegramente esta responsabilidad al cliente pueden ser consideradas abusivas.

¿Qué alegó la concesionaria en el proceso?

Durante la acción judicial, la empresa presentó algunos argumentos para intentar responsabilizar al conductor. Entre ellos estaban:

  • La alegación de que hubo frenado repentino;
  • La existencia de un término de responsabilidad firmado antes de la prueba;
  • La defensa de que el cliente debería indemnizar los daños en el vehículo.

Aún así, los magistrados mantuvieron el entendimiento favorable al consumidor.

Coche golpeado por tercero aún tendrá indemnización

Aunque el cliente fue liberado de cualquier obligación financiera, la Justicia definió que el conductor responsable por la colisión trasera podrá responder por los perjuicios causados al automóvil utilizado en el test-drive.

Decisión del TJMG exime responsabilidad del cliente por daño en coche durante test-drive realizado en concesionaria.
Decisión del TJMG exime responsabilidad del cliente por daño en coche durante test-drive realizado en concesionaria. Imagen: Canva.

El valor de la reparación aún será calculado en una etapa posterior del proceso. En esta fase, deberán presentarse documentos y comprobantes relacionados con las reparaciones necesarias en el coche.

Decisión refuerza entendimiento sobre relación de consumo

El juicio destacó que experiencias como el test-drive forman parte de las estrategias utilizadas por las concesionarias para ampliar ventas. Por eso, el riesgo ligado a la actividad comercial no puede ser automáticamente transferido al consumidor.

La relatora del caso señaló además que el simple hecho de que el cliente haya firmado un término antes de conducir el vehículo no es suficiente para validar cláusulas consideradas excesivas dentro de la relación de consumo.

De acuerdo con el entendimiento del tribunal, la responsabilidad debe ser analizada teniendo en cuenta el contexto del accidente y las normas previstas en la legislación de protección al consumidor.

Puntos principales de la decisión del TJMG

La decisión de la Justicia minera definió los siguientes entendimientos:

Punto analizadoEntendimiento del tribunal
Frenado realizado por el clienteConsiderada maniobra defensiva
Responsabilidad de la concesionariaMantenida por tratarse de riesgo de la actividad
Término firmado por el consumidorConsiderado insuficiente para transferir culpa
Tercero que chocó con el vehículoPuede ser responsabilizado
Relación jurídicaRegida por el Código de Defensa del Consumidor

Caso involucra responsabilidad durante uso de coche en demostración

El proceso llama la atención por involucrar un tipo de situación común en el mercado automotriz. El test-drive suele ofrecerse justamente para que el consumidor conozca mejor el coche antes de la compra.

En este escenario, el tribunal evaluó que accidentes ocasionales forman parte de la dinámica comercial asumida por la propia concesionaria al disponer vehículos para demostración.

Así, el TJMG decidió mantener la exención del conductor que participaba en la prueba, alejando la obligación de indemnizar a la empresa por los daños registrados en el automóvil.

Fuente: AutoPapo y TJMG

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Ruth Rodrigues

Graduada en Ciencias Biológicas por la Universidade do Estado do Rio Grande do Norte (UERN), se desempeña como redactora y divulgadora científica.

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