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Ubicación SC Tiempo de lectura 4 min de lectura Comentarios 0 comentarios

Gobierno Prohíbe Baños Unisex En Escuelas, Impone Multa De Hasta R$ 10,000 Por Mes Y Da Solo 45 Días Para Adecuación; Incluso Vestuarios Y Dormitorios De Género Neutro Serán Vetados.

Escrito por Alisson Ficher
Publicado el 29/01/2026 a las 16:04
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Ley recién sancionada en Santa Catarina redefine reglas para baños, vestuarios y dormitorios en escuelas y universidades, con plazo corto de adaptación y previsión de multa recurrente.

El gobierno de Santa Catarina sancionó la Ley nº 19.686, que obliga a las instituciones de enseñanza públicas y privadas del estado a mantener, como mínimo, un baño masculino y uno femenino, prohibiendo el uso común de baños de género neutro.

La regla también abarca vestuarios y dormitorios, cuando existan, y prevé multa de R$ 10 mil en caso de incumplimiento, con posibilidad de sanciones mensuales hasta la regularización, conforme al texto publicado en el Diario Oficial del Estado el 22 de enero de 2026.

La norma determina además un plazo de 45 días para que la institución demuestre la adecuación y no sea cobrada por la penalidad.

A partir de la primera autuación, el texto prevé que, si no hay regularización dentro del período, nuevas multas pueden ser aplicadas de forma recurrente y mensual hasta que la situación sea comprobadamente resuelta ante el órgano fiscalizador.

Qué cambia en los baños de escuelas y universidades en SC

Según la Ley nº 19.686, escuelas, facultades y universidades con unidades físicas en territorio catarinense deben disponibilizar al menos un baño para cada sexo, masculino y femenino.

El texto legal prohíbe la instalación y el uso común de baños de género neutro en el interior de estas instituciones, abarcando etapas que van desde la educación básica hasta la superior.

Cuando la institución ofrece estructuras de uso íntimo además de los sanitarios, la prohibición se extiende.

El artículo 2º determina que, en unidades con vestuarios y/o dormitorios, también queda vedada la instalación y el uso común de vestuarios y/o dormitorios de género neutro.

La ley entra en vigor en la fecha de publicación y prevé reglamentación por parte del Poder Ejecutivo.

Multa de R$ 10 mil y plazo de 45 días para adecuación

El texto establece que el incumplimiento deliberado de las exigencias puede resultar en multa pecuniaria de R$ 10.000,00.

En cuanto al plazo, la norma afirma que la multa no será cobrada cuando la institución demuestre, en 45 días, la adecuación del ambiente a las exigencias.

Seguidamente, especifica que, en el plazo de 45 días a contar desde la primera autuación, la unidad queda sujeta a sanciones recurrentes y mensuales hasta la efectiva regularización y su respectiva comprobación.

Fiscalización de la Sefaz y destino del dinero recaudado

La ley atribuye a la Secretaría de Estado de la Fazenda la responsabilidad por la aplicación y cobro de la penalidad.

El texto determina que los valores recaudados sean dirigidos íntegramente al Fondo Estatal de Educación.

Excepción para baño individual en institución privada

La ley crea una única excepción expresa para el caso de establecimientos privados con solo un baño.

Según el párrafo único del artículo 1º, la prohibición no se aplica cuando haya un baño único en el que cada persona use el espacio individualmente, con la puerta cerrada, preservando la privacidad, independientemente del sexo.

En la práctica, la regla diferencia instalaciones colectivas, que deben ser separadas entre masculino y femenino, de sanitarios individuales de uso exclusivo, que pueden ser utilizados por cualquier persona cuando no haya compartición simultánea.

Camino del proyecto en Alesc y lo que dijeron los involucrados

La propuesta que dio origen a la ley fue presentada en 2021 por el diputado estadual Jessé Lopes (PL) y tramitó en la Asamblea Legislativa de Santa Catarina (Alesc) hasta ser aprobada en plenario en diciembre de 2025, según registros de cobertura periodística sobre la sanción.

Durante el trámite, la discusión pasó por comisiones y recibió enmiendas que incluyeron, por ejemplo, la prohibición relacionada a vestuarios en instituciones de enseñanza.

Al sancionar la norma, el gobernador Jorginho Mello (PL) afirmó que la iniciativa busca estandarizar reglas y dar seguridad jurídica a las instituciones de enseñanza.

En declaración divulgada en reportajes sobre el tema, dijo: “Nuestros niños y jóvenes necesitan un ambiente escolar organizado, seguro y con reglas claras. Esta ley brinda seguridad jurídica para las instituciones y tranquilidad para las familias catarinenses”.

El texto también fue objeto de críticas en el Legislativo.

En relatos publicados sobre el análisis del proyecto, el diputado Marquito (PSOL) fue señalado como voto contrario en comisión, con el argumento de que la medida “desconsidera directrices pedagógicas oficiales e institucionaliza prácticas discriminatorias”.

La tramitación del tema, por involucrar reglas sobre espacios de uso íntimo y organización de ambientes escolares, generó debates y repercusiones en diferentes momentos, con registros de discusiones municipales anteriores en el estado sobre el asunto, según reportajes publicados tras la sanción.

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Alisson Ficher

Periodista graduado desde 2017 y activo en el área desde 2015, con seis años de experiencia en revista impresa, experiencia en canales de televisión abierta y más de 12 mil publicaciones en línea. Especialista en política, empleos, economía, cursos, entre otros temas y también editor del portal CPG. Registro profesional: 0087134/SP. Si tiene alguna duda, quiere reportar un error o sugerir un tema sobre los asuntos tratados en el sitio, contáctenos por correo electrónico: alisson.hficher@outlook.com. ¡No aceptamos currículos!

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