El Instituto Brasileño de Petróleo y Gas no tiene restricción en la venta directa de etanol hidratado. Al mismo tiempo, cree que el precio del combustible no beneficiará al consumidor con el fin de la fidelidad a la marca
Instituto Brasileño de Petróleo y Gas (IBP) toma posición sobre los cambios en la comercialización de combustibles aprobados ayer (11/08) por el Gobierno, en el que defiende la venta directa de etanol de plantas y el fin de la fidelidad a la marca en las gasolineras. El organismo defiende la regla actual para el funcionamiento del mercado de reventa de derivados, que permite la convivencia entre el modelo sin exclusividad de marca y el modelo de exclusividad, que asegura a los consumidores de combustibles de todo el país la garantía de que los productos de la marca estampados en las estaciones tienen su origen en el distribuidor con el que el revendedor mantiene una sociedad comercial. Este punto es una premisa para una competencia transparente y justa.
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En ese sentido, el Instituto recibió con sorpresa la Medida Provisional presentada este miércoles (11.08), que abre la posibilidad de vender productos de otros proveedores en estaciones con marcas específicas, ante el actual proceso de revisión regulatoria que adelanta la ANP (Agencia Nacional de Petróleo, Gas y Biocombustibles).
Instituto Brasileiro de Petróleo e Gás cree que la propuesta no trae beneficios en términos de precio e información al consumidor
Creemos que la propuesta legislativa no trae beneficios en términos de precio e información al consumidor, pero aumenta los costos regulatorios y fiscales y genera disrupción en un mercado muy maduro y complejo.
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En Brasil, las gasolineras ya tienen la opción de mostrar o no las marcas de los distribuidores. Las llamadas estaciones de “bandera blanca” representan alrededor del 47% del mercado, lo que demuestra la competencia entre los modelos.
Mantener la fidelidad a la marca expuesta en los puntos de venta da al consumidor certeza sobre el origen de los productos. El cliente tiene derecho, garantizado por el Código de Defensa del Consumidor, a identificar la marca comercial del distribuidor con el que se relaciona frecuentemente y tiene más confianza en los productos y servicios ofrecidos. Además de las dificultades operativas de segregar productos de diferentes orígenes en los tanques y bombas y la virtual imposibilidad de separar los servicios presenciales y eventualmente digitales agregados, la claridad de la comunicación al consumidor se verá comprometida.
IBP no tiene restricción en la venta directa de etanol hidratado
El IBP refuerza la necesidad de respetar las marcas en beneficio de los consumidores y los contratos y modelos de negocios establecidos como pilar fundamental para la seguridad jurídica y competitiva necesaria para realizar inversiones y garantizar el abastecimiento en el extenso territorio nacional.
En cuanto a la venta directa de etanol hidratado, el IBP no tiene restricción para su liberación siempre y cuando el debido tratamiento fiscal preserve la igualdad comercial y competitiva entre los agentes económicos, pilares para un mercado eficiente y sano. La medida trata de la tributación de PIS/Cofins, pero las reglas para ICMS aún deben ser acordadas por los Estados de la Federación.
El Instituto se manifiesta también por el papel fundamental de ANP regular este importante sector a través de procesos regulatorios establecidos con transparencia y sigue creyendo que existen prioridades para los desarrollos regulatorios en el sector, en particular con respecto al proceso de desinversión de las refinerías de Petrobras, la lucha contra la evasión de R$ 24 mil millones y la inserción estructurada de la incremento de biocombustibles en la matriz de transporte.