Senado aprueba proyecto que regula la minería en tierras indígenas, prevé el pago de regalías a las comunidades y limita la explotación a actividades de garimpo, con restricciones ambientales y sociales. La propuesta aún seguirá a nuevas comisiones.
La Comisión de Derechos Humanos del Senado aprobó el 20 de agosto de 2025 el PL 1.331/2022, que regula la investigación y el garimpo en tierras indígenas.
La propuesta permite la actuación de terceros mediante consentimiento previo de las comunidades afectadas y veta la minería industrial, además de impedir la explotación en áreas de pueblos aislados, en lugares de habitación permanente y en espacios esenciales para las tradiciones.
El texto todavía no es ley y seguirá para análisis en la Comisión de Medio Ambiente.
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Quién podrá explorar y en qué condiciones
Personas o empresas podrán realizar investigación minera y garimpo en tierras indígenas siempre que las comunidades impactadas estén de acuerdo con el emprendimiento.
La autorización pasa por una consulta específica y documentada, y la decisión debe reflejar la voluntad de la mayoría de la población involucrada, no solo de los líderes.
Además, los beneficiarios de la autorización podrán contratar indígenas como trabajadores, respetando las salvaguardas previstas.
El proyecto determina que cualquier actividad no podrá causar perjuicio a la integridad cultural, social y económica de las comunidades.
Así, incluso con consentimiento, la operación debe respetar las reglas ambientales y los derechos de los indígenas vigentes, así como las condiciones establecidas en el proceso de consulta.
Cuánto se pagará a las comunidades y a los entes federados
El texto establece que los pueblos indígenas afectados recibirán entre 2% y 4% de la facturación bruta obtenida con la comercialización del mineral garimpado.
Cuando la explotación ocurra en más de una tierra indígena, la distribución será proporcional al área o al impacto, conforme a lo previsto en los instrumentos del proceso.
También hay compensación financiera a los estados, al Distrito Federal y a los municipios mediante la CFEM, con tasas limitadas al 4%.
El pago a las comunidades indígenas será adicional a esta compensación y tendrá parámetros definidos en un reglamento específico.
Dónde la actividad continuará prohibida
Permanecen vedadas la minería en tierras de pueblos aislados, la garimpagem en áreas de residencia permanente y en todas las zonas consideradas necesarias para mantener las tradiciones de la comunidad.
La propuesta también prohíbe la minería industrial en tierras indígenas, restringiéndose a los modalidades de investigación y garimpo cuando haya concordancia de las comunidades y se observan los demás requisitos legales.
Consulta previa: plazos y reglas
La consulta deberá ocurrir en un plazo de hasta tres meses, renovable una única vez por igual período.
Durante este proceso, el diálogo debe utilizar la lengua materna o la lengua oficial, con intérprete siempre que sea necesario.
Entidades representativas de los pueblos interesados deben participar, y los debates deben incluir temas como d Derechos Humanos, medio ambiente, acceso al agua y medidas de gestión que mejoren la calidad de vida local.
El rito debe evaluar preocupaciones y expectativas de las comunidades, prever acciones de prevención y compensación y obedecer a criterios de buen fe, con decisión por mayoría y prohibición de deliberaciones unilaterales.
La propuesta prevé aún que normas específicas tratarán de la entrada de terceros en las tierras indígenas para la realización de las consultas.
Cambios realizados por la relatoría
En el informe aprobado, la relatora Damares Alves (Republicanos-DF) promovió ajustes.
Entre ellos, la ampliación del alcance del proyecto: se suprimieron referencias que limitaban la aplicación a las tierras “homologadas o en proceso de demarcación”, de manera que la reglamentación abarca todas las tierras indígenas.
También se retiró la mención expresa a la Agencia Nacional de Minería como órgano definidor de áreas de garimpo, y se eliminó el dispositivo que establecía un plazo de 90 días para que el Poder Ejecutivo reglamentara la futura ley.
Estos cambios buscaron, según la relatora, compatibilizar la propuesta con principios constitucionales y evitar interferencias en la esfera del Ejecutivo.
El texto aprobado incorporó aún ajustes de redacción y conceptos para adecuación terminológica y para reforzar el carácter mayoritario de las decisiones comunitarias.
Lo que dijeron los senadores
Durante la votación, la presidenta de la CDH y relatora, Damares Alves, defendió la deliberación del Legislativo sobre el tema.
“Más pronto o más tarde el Congreso tendrá que deliberar sobre el asunto. Si podemos hacerlo en esta legislatura, que es madura y capaz de dialogar entre gobierno y oposición, tendremos una contribución importante para el país”, afirmó.
El autor del proyecto, Mecias de Jesus (Republicanos-RR), argumentó que la falta de reglas incentiva la acción de criminales y mantiene las comunidades sin acceso a beneficios legítimos de la actividad económica.
Para él, la propuesta establece salvaguardas constitucionales y beneficios directos para las comunidades indígenas. Hubo resistencia de parte de la oposición.
La senadora Augusta Brito (PT-CE) alertó sobre los impactos en la salud, especialmente de gestantes y niños, y pidió más debate antes de la aprobación en comisión.
“No veo urgencia para que la medida sea aprobada al punto que las personas que serán afectadas directamente no han sido escuchadas”, dijo.
Otros parlamentarios contrarios citan aún riesgos de contaminación por mercurio, devastación forestal y violencia en los territorios afectados.
Próximos pasos en la tramitación
La aprobación ocurrió en la CDH, instancia en la que la decisión no es terminativa. El proyecto sigue ahora para la Comisión de Medio Ambiente, donde será sometido a nuevo análisis.
Cambios eventuales podrán ser incorporados, y la proposición podrá seguir a otras comisiones, como la CCJ, antes de llegar al Plenario, conforme a las reglas reglamentarias.
Mientras tanto, no hay autorización en vigor para nuevas actividades de minería en tierras indígenas con base en el texto aprobado. Cualquier explotación sigue sujeta al marco legal actual y a las prohibiciones constitucionales.
Para usted, ¿cómo debe ser el equilibrio entre la autonomía de las comunidades, la protección socioambiental y el uso económico de los recursos naturales en tierras indígenas?

Demorou. Trabalhei e vivi próximo, ou até mesmo em terras indígenas, ricas em vários minérios e tudo clandestino.
Os próprios índios negociavam mas tudo ilegal.
Será muito bom para os indígenas, bom para os produtores (garimpeiros ), bom para o governo.
Como disse demorou mas aconteceu.
EU TENHO CERTEZA QUE SE FOSSE O POVO INGLES, ESTADUNIDENSE, OU CHINES QUE MORASSEM AQUI ESSAS TERRAS JA TERIAM SIDO EXPLORADA FAZ TEMPO E JA SERIA POTÊNCIA O POVO BOSTILERO É INCAPAZ SIMPLES ASSIM.
Percebo que a máfia continua sempre deixando as migalhas do lucro para os trabalhadores .a parte maior sempre pos gravatas políticos e empresas internacionais.os índios que se cuidem para não virar escravo