El Proyecto de Ley nº 1977/2024, en análisis en el Senado, propone retirar de agresores el derecho a la pensión alimenticia y a la partición de bienes en casos de violencia doméstica o familiar.
El Proyecto de Ley nº 1977/2024, en tramitación en el Senado Federal, propone un cambio en el Código Civil y en las reglas familiares brasileñas. El texto determina que quien cometa violencia doméstica o familiar contra el cónyuge, compañero o pareja pierda el derecho de recibir pensión alimenticia ni a la partición de bienes adquiridos durante el matrimonio o unión estable.
El proyecto es de autoría de la Senadora Ana Paula Lobato (PDT/MA) y ganó fuerza a principios de 2025, tras la Comisión de Constitución y Justicia (CCJ) emitir un dictamen favorable a su tramitación. Hasta el momento, está en la CCJ del Senado, esperando la designación de un relator. Su objetivo declarado es evitar que el agresor se beneficie económicamente de la víctima, en forma de derechos civiles derivados de la relación familiar.
Lo que el PL 1977/2024 propone
El proyecto altera los artículos 1.814 y 1.708 del Código Civil, que tratan de las causas que impiden a alguien heredar bienes o recibir pensión alimenticia. Con el cambio, quien sea condenado por violencia doméstica o familiar contra el compañero, cónyuge o pareja quedará automáticamente impedido de:
-
Frear solo frente al radar y acelerar justo después puede dejar de ser una salida para los conductores, porque la BR-101 en Espírito Santo probó un sistema que mide la velocidad media a lo largo de todo un tramo y detectó un coche a 124 km/h en una vía de 60 km/h.
-
STJ decide que mujer que dejó la carrera por más de 30 años para cuidar de la casa, los hijos y la familia tiene derecho a una pensión alimenticia vitalicia tras el divorcio; decisión de la 3ª Turma reconoce vulnerabilidad financiera extrema y valora el trabajo invisible en el matrimonio.
-
Dos gigantes de la aviación mundial son condenados en París y tendrán que pagar R$ 1,3 millones cada uno por la caída del vuelo Río-París que mató a 228 personas en 2009.
-
Diputados contra el gobierno se unen para mantener escala 6×1, jornadas de hasta 52 horas semanales, transición de 10 años, reducción del FGTS a la mitad y reglas especiales para algunos sectores.
- Recibir pensión alimenticia del compañero o compañera agredida;
- Participar de la partición de bienes adquiridos durante el matrimonio o unión estable;
- Participar de la herencia de la víctima, en caso de que ella fallezca;
- Ser beneficiario de testamento o de seguro de vida a nombre de la víctima, en caso de haber sentencia condenatoria definitiva.
La medida también se aplica en casos de violencia patrimonial, psicológica y sexual, reconociendo que el abuso puede ocurrir de diversas formas, y no solo por medio de agresión física.
Entendimiento actual y laguna en la ley
Hoy, el Código Civil ya prevé situaciones que impiden a alguien heredar — como homicidio doloso contra el autor de la herencia. Sin embargo, no hay previsión expresa para casos de violencia doméstica dentro del matrimonio o de la unión estable.
En la práctica, un compañero condenado por agresión todavía puede heredar bienes o recibir pensión de la víctima, lo que ha sido considerado injusto y moralmente inaceptable por juristas y parlamentarios. El PL 1977/2024 busca llenar esta laguna legal, convirtiendo la violencia doméstica en un motivo legítimo para exclusión sucesoria y pérdida de derecho alimentario.
La justificación del proyecto
En su justificación, la senadora Ana Paula destacó que Brasil aún convive con altos índices de violencia contra la mujer y que es “incoherente permitir que un agresor mantenga vínculos financieros y patrimoniales con la víctima después del crimen”.
Según datos del Foro Brasileño de Seguridad Pública, en 2024 se registraron más de 1.400 feminicidios y 247 mil casos de agresiones domésticas en todo el país. Para la parlamentaria, la propuesta tiene un carácter preventivo y moral, además de reforzar el principio de la dignidad de la persona humana, previsto en el artículo 1º de la Constitución.
Lo que cambia en la práctica si el proyecto es aprobado
Si el PL 1977/2024 se convierte en ley, los agresores condenados por violencia doméstica o familiar perderán automáticamente los siguientes derechos:
- Pedir pensión alimenticia tras separación o divorcio;
- Ser herederos legales o beneficiarios de testamento de la víctima;
- Participar de la partición de bienes en unión estable;
- Recibir indemnizaciones o seguros en caso de muerte de la víctima.
El cambio crea un efecto jurídico y simbólico poderoso, pues rompe el vínculo de dependencia económica entre agresor y víctima, además de servir como forma de desestímulo y castigo moral.
Tramitación y próximos pasos
El proyecto ya fue aprobado por la Comisión de Derechos Humanos (CDH) y recibió dictamen favorable en la Comisión de Constitución y Justicia (CCJ) del Senado. Ahora, sigue para votación en el pleno, antes de ser enviado a la Cámara de Diputados. En caso de ser aprobado en las dos Cámaras, el texto seguirá para sanción presidencial.
Hasta el momento, el proyecto cuenta con el apoyo de las bancadas femeninas y de derechos humanos, pero enfrenta resistencia de parte del sector jurídico, que señala el riesgo de duplicidad de castigos y de exceso de subjetividad en la aplicación de las sanciones.
Un avance moral y jurídico en la lucha contra la violencia doméstica
La propuesta refuerza una tendencia reciente del Congreso Nacional de ampliar la protección jurídica de las víctimas de violencia doméstica, especialmente mujeres y ancianos. Otras iniciativas similares, como el PL 1.313/2023, ya habían intentado incluir el abandono afectivo y la agresión física entre las causas de exclusión de la herencia, pero no avanzaron.
Si el PL 1977/2024 es aprobado, Brasil empezará a reconocer de forma explícita que quien agreda no puede beneficiarse de la víctima, ni financieramente ni moralmente. Más que una alteración en el Código Civil, el proyecto representa un cambio de valores en la legislación familiar brasileña, donde el respeto y la dignidad pasan a ser condiciones esenciales para el ejercicio de cualquier derecho patrimonial.


-
1 persona reaccionó a esto.