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La lista de peces que ahora pueden salir del río en el isopor sorprende a los pescadores del Centro-Oeste, pero las especies nativas siguen prohibidas en el transporte.

Escrito por Caio Aviz
04/06/2026 a las 22:59
Actualizado 04/06/2026 a las 23:00
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Nueva reglamentación de la pesca actualiza la lista de especies exóticas y alóctonas con captura y transporte autorizados, aclara reglas que generaban dudas entre pescadores, refuerza la fiscalización ambiental en las principales cuencas hidrográficas de la región y mantiene restricciones rigurosas para peces nativos, pesca deportiva, período de veda y comprobación del origen del pescado

La nueva regla de pesca en Goiás entró en vigor el 28 de mayo y actualizó la relación de peces exóticos y alóctonos con captura y transporte autorizados en el estado. Según la Secretaría de Estado de Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible (Semad), estas especies pueden ser transportadas sin restricciones de tamaño o cantidad. Sin embargo, los pescadores deben cumplir con todas las demás exigencias previstas en la legislación.

Además, según aclaró la Semad, las especies exóticas son originarias de otros países o continentes. Por otro lado, las especies alóctonas son brasileñas, pero no pertenecen naturalmente a la cuenca hidrográfica donde fueron introducidas. De esta forma, la actualización busca corregir dudas que surgieron durante la aplicación de la norma anterior y, al mismo tiempo, fortalecer la fiscalización ambiental.

Peces nativos continúan con transporte prohibido

Por otro lado, la nueva reglamentación mantiene la prohibición del transporte de peces nativos capturados. Aun así, el consumo permanece permitido en los propios lugares de pesca, como barcos, ranchos, campamentos, barrancos, ciudades ribereñas y barcos-hoteles.

Además, de acuerdo con la Semad, el consumo y la captura continúan limitados a hasta 5 kilos de pescado por pescador. De la misma manera, los tamaños mínimos y máximos definidos para cada especie deben ser respetados. Según la gerente de Fiscalización e Inteligencia Ambiental de la Semad, Amandha Rezende, la medida busca reducir la extracción excesiva de peces de los ambientes acuáticos y, consecuentemente, contribuir a la preservación de los stocks naturales.

Grupo de pescadores segura un gran pez dentro de un río mientras participa de actividad de pesca deportiva en ambiente natural de la región Centro-Oeste.
Pescadores exhiben un gran ejemplar capturado en río de la región Centro-Oeste, escenario que ilustra la importancia de las reglas que definen qué especies pueden ser capturadas, transportadas o devueltas al agua. Foto: Goiás Turismo

Veda y pesca de subsistencia siguen con reglas específicas

Mientras tanto, el período de veda de la piracema permanece entre el 1 de noviembre y el 28 de febrero en las cuencas de los ríos Araguaia-Tocantins, Paranaíba y São Francisco. Durante este intervalo, continúan prohibidas la pesca amateur, la pesca ornamental y la pesca subacuática.

Al mismo tiempo, la nueva norma formaliza el concepto de pesca de subsistencia. Incluso durante la veda, esta modalidad sigue permitida exclusivamente para consumo doméstico. Sin embargo, la venta, el intercambio y cualquier forma de comercialización del pescado permanecen prohibidas. Además, el límite continúa siendo de hasta 5 kilos por pescador por día.

Pesca deportiva permanece autorizada solo en el sistema captura y suelta

Por su parte, la pesca deportiva y la pesca conducida continúan autorizadas solo en reservorios y exclusivamente en la modalidad captura y suelta. En estos casos, el uso de anzuelos sin barba permanece obligatorio.

Además, los peces capturados deben ser devueltos inmediatamente al agua. Por lo tanto, la retención, el transporte y el consumo de los ejemplares siguen prohibidos. Para ejercer cualquier modalidad prevista en la regulación, el pescador debe portar documento de identificación y licencia de pesca válida.

Aunque algunas categorías están exentas de la tasa de emisión, la licencia continúa siendo obligatoria para fines de fiscalización. Están exentos del pago jubilados, hombres mayores de 65 años, mujeres mayores de 60 años, indígenas, quilombolas y menores de 18 años.

Fiscalización gana nuevas exigencias para identificación de las especies

Además de los cambios sobre captura y transporte, la norma establece nuevas exigencias para la fiscalización. Así, los peces capturados deberán permanecer enteros, con cabeza, aletas, escamas y cuero preservados.

De esta manera, los agentes podrán identificar correctamente la especie y verificar el cumplimiento de la legislación. Además, el transporte de pescado nativo deberá estar acompañado de documentación que acredite su origen.

Cuando el producto sea adquirido en un establecimiento comercial, la comprobación deberá realizarse mediante la Nota Fiscal Electrónica (NF-e). Para especies exóticas y alóctonas con captura autorizada, la licencia de pesca válida podrá servir como comprobante de origen.

Equipos permitidos y prácticas que continúan prohibidas

Al mismo tiempo, la instrucción normativa mantiene autorizados equipos como línea de mano, caña simple, caña con carrete, caña con carrete de tambor y escopeta de buceo utilizada en la pesca submarina.

Sin embargo, el uso de equipos de respiración artificial sigue prohibido en esta modalidad. De la misma manera, continúan prohibidas prácticas que alteren el comportamiento natural de los peces, como el uso de cebos, piensos y otros métodos destinados a la concentración de cardúmenes.

Además, la liberación de especies exóticas, híbridas, alóctonas o genéticamente modificadas en ambientes naturales de Goiás también permanece prohibida.

Especies autorizadas varían según la cuenca hidrográfica

De acuerdo con la Semad, la lista de especies con captura y transporte permitidos varía según la cuenca hidrográfica. En la Cuenca Araguaia-Tocantins, se incluyen peces como tambaqui, tambacu, tilapia, tilapia del Nilo, trucha arcoíris, black bass, panga, pintachara, pintado real y diversas especies de carpas.

En la Cuenca del Paranaíba, la autorización alcanza especies como pirarucú, pirarara, tucunaré azul, tucunaré mariposa, matrinxã, tambaqui, tambacu, tilapia, panga, cachara, corvina y cascudos, entre otras previstas en la norma.

Finalmente, en la Cuenca del São Francisco, la lista incluye tambaqui, tambacu, tilapia del Nilo, pirarucú, pirarara, trairão, tucunaré azul, tucunaré mariposa, trucha arcoíris, matrinxã, corvina, pintachara y pintado real.

Así, la actualización de la reglamentación busca aclarar reglas, fortalecer la fiscalización y garantizar una mayor protección a los stocks naturales de peces nativos. Al mismo tiempo, la norma define con más precisión qué especies exóticas y alóctonas pueden ser capturadas y transportadas por los pescadores.

Lector, en su opinión, ¿estas nuevas reglas logran equilibrar la preservación de los ríos con la actividad de los pescadores?

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Escribo sobre el mercado offshore, petróleo y gas, oportunidades de empleo, energías renovables, minería, economía, innovación y curiosidades, tecnología, geopolítica, gobierno, entre otros temas. Siempre buscando actualizaciones diarias y temas relevantes, presento un contenido rico, considerable y significativo. Para sugerencias de temas y comentarios, contácteme en el correo electrónico: avizzcaio12@gmail.com.

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