El gobierno federal publicó este lunes (28) dos medidas provisionales que ya están en vigor sobre el teletrabajo, cambiando y añadiendo nuevas reglas.
Ya están en vigor las nuevas reglas para el home office en Brasil. Las medidas provisionales, establecidas por el Gobierno, fueron publicadas este lunes (28) en el Diario Oficial de la Unión, trayendo cambios para el modelo híbrido (cuando las actividades se realizan presencialmente en la empresa y a distancia) y el régimen de producción, pudiendo el trabajador realizar sus tareas a la hora que quiera.
Por tratarse de Medidas Provisionales, las nuevas reglas serán válidas por un máximo de 4 meses. Para volverse definitiva, las propuestas deben ser apreciadas y aprobadas por el Congreso Nacional.
Vale destacar que el texto de la Medida Provisoria establece que la presencia del empleado en la empresa para realizar alguna actividad específica, sumando menos de tres días a la semana, no descaracteriza el régimen home office. El teletrabajo pasa a ser permitido legalmente también para pasantes y aprendices.
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Definición de modelo híbrido es alterada en la CLT
La Consolidación de las Leyes del Trabajo (CLT) tuvo una pequeña alteración para que el modelo híbrido fuera mejor definido. A este régimen se le colocó como “de manera preponderante o no” al referirse al trabajo fuera de las dependencias de la empresa.
Así, “se considera teletrabajo o trabajo remoto la prestación de servicios fuera de las dependencias del empleador (…), con la utilización de tecnologías de información y de comunicación, que, por su naturaleza, no se configure como trabajo externo». Frente a esto, la prestación de los servicios de forma remota deberá constar expresamente en el contrato del trabajador.
Contrato por producción: trabajador podrá ejercer sus actividades a la hora que quiera
Ser contratado por producción, o sea, sin tener que ser sometido a un régimen de horario establecido por la empresa, era el deseo de muchos trabajadores. ¡Y este sistema ahora está legalmente formalizado!
La Medida Provisoria permite que el trabajador pueda realizar sus tareas laborales a la hora que desee, con el control del servicio siendo realizado por la entrega de las demandas.
Por otro lado, en lo que versa sobre el modelo de jornada, la nueva legislación aún permite que el empleador tenga el control del horario del empleado, viabilizando el pago de horas extras.
Empleados con discapacidad o que tengan hijos con discapacidad tienen prioridad para el home office
Las nuevas reglas establecen que los empleadores deberán conferir prioridad a los empleados con discapacidad y a los empleados y empleadas con hijos o niña bajo custodia judicial hasta cuatro años de edad en la asignación en vacantes para actividades de trabajo remoto.
Auxilio alimentación en home office
La Medida Provisoria versa aún sobre el pago del auxilio-alimentación por parte de los empleadores. Se establece que los valores deberán ser utilizados exclusivamente para el pago de comidas en restaurantes y establecimientos similares o para la adquisición de productos alimenticios en establecimientos comerciales y que no debe haber descuentos por el hecho de que el trabajador esté en casa.
Siendo que la ejecución inadecuada, el desvío o el desvirtuamiento de las finalidades del auxilio-alimentación por parte de los empleadores o por las empresas emisoras de instrumentos de pago de auxilio-alimentación, (es decir, el incumplimiento de esta regla) podrá dar lugar a la aplicación de multa de hasta R$ 50.000,00.
Otras reglas que constan en las nuevas medidas provisionales
- No hay posibilidad de reducción salarial sin el consentimiento del trabajador
- Quien trabaja en Brasil para una empresa extranjera será sometido a las reglas brasileñas
- Es posible la anticipación de vacaciones y feriados
- Se permite la reducción proporcional de la jornada de trabajo y salario o suspensión temporal del contrato

