Decisión de la 2ª Vara Cível de Caçapava rechazó solicitudes por daños morales y materiales al concluir que la autora no comprobó perjuicios propios ni vínculo entre obras, gastos alegados y problemas de salud
La Justicia de Caçapava negó indemnización por daños morales y materiales a una vecina que atribuyó perjuicios a las obras de un centro comercial vecino a la casa donde vivía, decisión de la 2ª Vara Cível de Caçapava, aún sujeta a recurso.
Interdicción del inmueble y medidas adoptadas
Según el proceso, la mujer residía en un inmueble que no le pertenecía cuando comenzaron las obras del centro comercial en el terreno vecino.
Tras el inicio de los trabajos, surgieron filtraciones y grietas en la vivienda, situación que motivó una inspección técnica y resultó en la interdicción del lugar.
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Ante el escenario, el emprendimiento costeó hospedaje en un hotel y el pago de alquiler por 12 meses, además de firmar un acuerdo con los propietarios.
El acuerdo preveía la realización de las reformas necesarias en el inmueble, mientras la vecina permanecía en un lugar alternativo, con gastos iniciales asumidos por el centro comercial.
Solicitud judicial y alegaciones
Finalizado el período, la vecina no regresó a la casa, alegando cuestiones personales, y continuó viviendo en el inmueble alquilado con gastos pagados por el emprendimiento.
Posteriormente, ella presentó una acción judicial solicitando indemnización por muebles dañados y reembolso por nuevas diarias de hospedaje.
La acción también solicitaba reembolso de gastos de transporte y alimentación, además de compensación por daños psicológicos supuestamente derivados de la obra.
Fundamentación de la sentencia de la justicia
En la sentencia, la jueza Simone Cristina de Oliveira afirmó que la autora no era propietaria del inmueble ni de los muebles supuestamente dañados.
Según la magistrada, no es posible reconocer perjuicio material cuando los bienes señalados pertenecen a terceros, impidiendo cualquier indemnización patrimonial.
La jueza también rechazó la solicitud de reembolso por alimentación y transporte, por entender que tales gastos integran la rutina común.
Para la decisión, esos gastos se realizarían independientemente de la interdicción del inmueble, no habiendo relación directa con las obras del centro comercial.
En cuanto a los daños morales, la magistrada concluyó que no hubo comprobación de vínculo entre problemas de salud alegados y los hechos narrados.
La sentencia registró ausencia de prueba de que tratamientos odontológicos y ortopédicos tengan relación con la obra, manteniendo la posibilidad de recurso.
Con información de Itatiaia.

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